295. Pide la
nulidad de declaraciones (art. 302)
Señor Juez:
Aristo Peña,
abogado, tomo nº …, folio nº …, de su matrícula profesional, con domicilio
constituido en la avenida …, nº …, piso …, oficina nº … de esta Capital
Federal, a V.S. manifiesto:
Artículo 302,
Código Procesal Penal
Este artículo
se expresa por la separación de las declaraciones de los imputados, si ellos
son varios en la misma causa.
Termina el tema
advirtiendo: “…evitándose que se comuniquen antes de que todos hayan
declarado”.
En la causa nº
…, caratulada “… c/ … s/ …”, no fue respetada esta sabia resolución. En ocasión
de recibir declaración indagatoria a los tres imputados en ella, estando yo en
la secretaría actuante, pude comprobar que esos tres personajes estaban con sus
abogados, no sólo todos en un mismo grupo, sino que conversaban animadamente.
No hay que ser
demasiado perspicaz ni desconfiado para presumir que el tema que tan
vívidamente discutían era sobre su inmediata deposición como acusados de un
delito grave.
Naturalmente no
nos consta, pero el solo hecho de violar las previsiones de forma ya debe
considerarse como una falta grave por parte del personal de esa secretaría, o
al menos del responsable de la misma.
Por ello y para
cortar de raíz toda colusión entre aquellos que violaron las disposiciones del
Código adjetivo señaladas más arriba, solicito, como parte querellante con
firma de letrado, yo, Daniel Santibáñez, se anulen los actos de toma de
declaraciones a los imputados, se sustituya a la secretaría actuante hasta el momento
y se siga con el procedimiento en legal forma.
Proveerlo así,
Será Justicia.
Firma y sello del profesional