Tribunal: Corte Sup.
Fecha: 09/11/2004
Partes: Barone, Gustavo D. v. Torres Morón
CONTRATO DE TRABAJO - Extinción - Indemnización por despido -
Confiscatoriedad - Prueba
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Buenos Aires, noviembre 9 de 2004.
Considerando:
Que la Sup. Corte Bs. As., al desestimar el recurso de inaplicabilidad de ley
interpuesto por la demandada, confirmó la sentencia que la condenó
a pagar la indemnización por despido, agravada en los términos
establecidos en los arts. 9 Ver Texto , 10 Ver Texto y 15 Ver Texto de la ley
24013. Contra esta decisión, la interesada dedujo el recurso extraordinario
federal concedido a fs. 303/303 vta. en lo concerniente a la validez constitucional
del art. 11 Ver Texto y concs. de la ley citada.
Que el recurso extraordinario carece de fundamentación suficiente ya
que en el escrito de interposición respectivo se asevera que el régimen
establecido por los arts. 9 Ver Texto , 10 Ver Texto , 11 Ver Texto y 15 Ver
Texto de la ley 24013 es inconstitucional porque deriva en el pago de montos
indemnizatorios inusitados y contrarios a la doctrina de Fallos: 273:87 Ver
Texto . Sin embargo, no se hace cargo de que la protección contra las
condiciones de trabajo y el despido arbitrarios se resuelve mediante el pago
de indemnizaciones tarifadas cuya determinación corresponde a la apreciación
legislativa (Fallos: 306:1964 Ver Texto ; 322:995 Ver Texto , entre otros) y
cuyo carácter confiscatorio para el empleador no debe ser meramente alegado
sino concretamente demostrado (tal como por ejemplo lo fue en el precedente
de Fallos: 273:87 Ver Texto , en el que el empleador debía seguir pagando
al trabajador despedido los salarios de por vida). En el escrito de interposición
la interesada no formula ninguna referencia a la cuantía del patrimonio
de su empresa y sus ganancias, al perjuicio efectivamente sufrido por el trabajador
a raíz del despido; ni efectúa observación alguna que permita
establecer la alegada falta de proporcionalidad entre la indemnización
cuestionada y el valor de las prestaciones comprendidas en el contrato de trabajo
extinguido.
Por ello, se declara inadmisible el recurso extraordinario de fs. 292/297 vta.
Con costas. Notifíquese y, oportunamente, remítanse.- Enrique
S. Petracchi.- Augusto C. Belluscio.- Antonio Boggiano.- Juan C. Maqueda.- Raúl
Zaffaroni.
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