RESOLUCIÓN 1172 (1998)
Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 3890 sesión, celebrada el
6 de junio de 1998
El Consejo de Seguridad,
Reafirmando las declaraciones formuladas por su Presidente el 14 de mayo de
1988 (S/PRST/1998/12) y el 29 de mayo de 1998 (S/PRST/1998/17),
Reiterando la declaración formulada por su Presidente el 31 de enero
de 1992 (S/23500), en la que decía, entre otras cosas, que la proliferación
de todas las armas de destrucción en masa constituye una amenaza a la
paz y la seguridad internacionales,
Profundamente preocupado por la amenaza que representan los ensayos nu-cleares
realizados por la India primero y el Pakistán después para la
acción internacional encaminada a reforzar el régimen mundial
de no proliferación de las armas nucleares y profundamente preocupado
también por el peligro para la paz y la estabilidad en la región,
Profundamente preocupado por el riesgo de una carrera de armamentos nu-cleares
en el Asia meridional y decidido a impedirla,
Reafirmando la importancia fundamental del Tratado sobre la no proliferación
de las armas nucleares y el Tratado de prohibición completa de los ensayos
para la acción mundial en pro de la no proliferación de las armas
nucleares y el desarme nuclear,
Recordando los Principios y objetivos para la no proliferación de las
armas nu-cleares y el desarme aprobados en la Conferencia de 1995 de las Partes
en-cargada del examen y la prórroga del Tratado sobre la no proliferación
de las armas nucleares y los buenos resultados de esa Conferencia,
Afirmando la necesidad de seguir avanzando resueltamente hacia el pleno cumplimiento
y la aplicación efectiva de todas las disposiciones del Tratado sobre
la no proliferación de las armas nucleares y observando con satisfacción
que los cinco Estados poseedores de armas nucleares están decididos a
cum-plir sus compromisos respecto del desarme nuclear de conformidad con el
artí-culo VI de ese Tratado,
Consciente de la responsabilidad primordial que le incumbe con arreglo a la
Carta de las Naciones Unidas de mantener la paz y la seguridad internaciona-les,
1. Condena los ensayos nucleares realizados por la India los días 11
y 13 de mayo de 1998 y por el Pakistán los días 28 y 30 de mayo
de 1998;
2. Hace suyo el Comunicado Conjunto emitido por los Ministros de Rela-ciones
Exteriores de China, los Estados Unidos de América, la Federación
de Rusia, Francia y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte
en la reu-nión que celebraron en Ginebra el 4 de junio de 1998 (S/1998/473);
3. Exige a la India y al Pakistán que se abstengan de realizar nuevos
ensayos nucleares y, en ese contexto, exhorta a todos los Estados a que no realicen
explosiones de ensayo de armas nucleares ni explosiones nucleares de ninguna
otra índole, de conformidad con lo dispuesto en el Tratado de prohibición
completa de los ensayos nucleares;
4. Insta a la India y al Pakistán a que procedan con la mayor moderación
y eviten movimientos militares que puedan considerarse una amenaza, violacio-nes
de las fronteras u otros actos de provocación a fin de impedir que se
agra-ve la situación;
5. Insta a la India y al Pakistán a que reanuden el diálogo sobre
todas las cuestiones pendientes, particularmente acerca de todas las cuestiones
relativas a la paz y la seguridad, a fin de eliminar las tensiones entre ellos
y les alienta a que encuentren soluciones aceptables para ambos que tengan en
cuenta las causas básicas de esas tensiones, incluida Cachemira;
6. Acoge con satisfacción las gestiones realizadas por el Secretario
Gene-ral para alentar a la India y al Pakistán a entablar un diálogo;
7. Exhorta a la India y al Pakistán a que pongan término de inmediato
a sus programas de desarrollo de armas nucleares, se abstengan de fabricar o
des-plegar armas nucleares, pongan término al desarrollo de misiles balísticos
ca-paces de transportar ojivas nucleares y a la producción ulterior de
material fi-sionable para armas nucleares, confirmen su política de no
exportar equipo, material o tecnología que pueda servir para armas de
destrucción masiva o para misiles capaces de transportarlas y a que contraigan
compromisos ade-cuados a ese respecto;
8. Alienta a todos los Estados a impedir la exportación de equipo, material
o tecnología que pueda servir de algún modo para programas de
la India o el Pakistán relativos a armas nucleares o a misiles balísticos
capaces de trans-portar esas armas y observa con satisfacción la política
nacional aprobada y declarada en ese sentido;
9. Expresa su profunda preocupación por las consecuencias negativas de
los ensayos nucleares realizados por la India y el Pakistán para la paz
y la es-tabilidad en el Asia meridional y otras regiones;
10. Reafirma su plena adhesión al Tratado sobre la no proliferación
de las armas nucleares y al Tratado de prohibición completa de los ensayos
nuclea-res, así como la importancia crucial que éstos revisten
como piedra fundamen-tal del régimen internacional de no proliferación
de las armas nucleares y como base esencial para lograr el desarme nuclear;
11. Expresa su firme convicción de que es preciso mantener y consolidar
el régimen internacional de no proliferación de las armas nucleares
y recuerda que, de conformidad con el Tratado sobre la no proliferación
de las armas nu-cleares, ni la India ni el Pakistán pueden tener la condición
de Estado poseedor de armas nucleares;
12. Reconoce que los ensayos realizados por la India y el Pakistán constitu-yen
una grave amenaza para la acción mundial en pro de la no proliferación
de las armas nucleares y el desarme nuclear;
13. Insta a la India y al Pakistán, y a todos los Estados que aún
no lo hayan hecho, a que se hagan partes sin demoras ni condiciones en el Tratado
sobre la no proliferación de las armas nucleares y en el Tratado de prohibición
com-pleta de los ensayos nucleares;
14. Exhorta a la India y al Pakistán a que participen, con un espíritu
positivo y sobre la base del mandato aprobado, en las negociaciones sobre un
tratado de prohibición de la producción de material fisionable
para armas nucleares u otros dispositivos explosivos nucleares que realiza la
Conferencia de Desarme en Ginebra a fin de llegar a un pronto acuerdo;
15. Pide al Secretario General que le informe con carácter urgente acerca
de las medidas adoptadas por la India y el Pakistán para aplicar las
disposicio-nes de la presente resolución;
16. Expresa que está dispuesto a seguir considerando cuál es la
mejor forma de lograr que se cumpla la presente resolución;
17. Decide seguir ocupándose activamente de la cuestión.
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