Fallo Iturbe, Nora del C. y otra v. Provincia de Córdoba
Fallos Clásicos
modelos contratos comerciales civiles penales
Tribunal: Corte Sup.
Fecha: 08/06/2004
Partes: Iturbe, Nora del C. y otra v. Provincia de Córdoba
ABOGADO - Honorarios - Obligados al pago - Letrado del perito - Embargo - Beneficio
provisional de litigar sin gastos - Tarea inoficiosa
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Buenos Aires, junio 8 de 2004.- Considerando: 1. Que a fs. 331 la Dra. Stella
M. Lucero, letrada patrocinante del perito ingeniero Pablo G. Spodo, solicita
que se regulen sus honorarios por la tarea que describe.
2. Que corresponde admitir el pedido con relación a los trabajos de fs.
141/143, 162, 221/223, 245, 256/257, 263/264, 265 y 266. No obstante ello, debe
señalarse que estos honorarios deberán ser abonados por el experto
toda vez que los peritos designados de oficio no se encuentran obligados a contar
con el patrocinio de un letrado para el cumplimiento de su labor. De tal manera,
y al no exigir las presentaciones de que se trata la participación ineludible
de un profesional del derecho, mal pueden ser soportadas por quien no dio lugar
a su intervención.
3. Que en lo que respecta a la tarea cumplida a fs. 323, debe reputársela
inoficiosa. Ello es así dado que, además de las razones señaladas
en el segundo párrafo de la providencia de fs. 323 vta., el embargo ejecutivo
allí requerido contra las actoras resultaba improcedente en virtud del
beneficio provisional del que gozaban establecido en el art. 83 Ver Texto CPCCN.
(1), hasta tanto se resolviese el incidente sobre beneficio de litigar sin gastos.
Por ello, se decide: Hacer lugar a lo solicitado con los alcances que resultan
de los considerandos y, en consecuencia, fijar la retribución de la Dra.
Stella M. Lucero en la suma de $ ..., por los trabajos detallados en el consid.
2. Dichos honorarios deberán ser afrontados por su patrocinado. Notifíquese.
Enrique S. Petracchi.- Augusto C. Belluscio.- Carlos S. Fayt.- Antonio Boggiano.-
Adolfo R. Vázquez.- Juan C. Maqueda.- Eugenio R. Zaffaroni.-
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