Sumarios:
1.- No obstante no encontrarse discutido que el imputado N. U. tuvo una relación
sexual con la menor C. R., la cual a ese momento tenía 13 años
de edad, cierto es que, tal como se desprenden de sus dichos, en principio,
la misma no consintió libremente el acto, sino que fue por temor, razón
por la cual, no obstante no haber mediado violencia -tal como expresa la primera
instancia-, la intimidación también es uno de los medios comisivos
contenidos en el nuevo artículo 119 del Código Penal, por ende
deberá dirigirse la investigación en ese sentido.
Buenos Aires, 21 de diciembre de 2.001.-
Y VISTOS Y CONSIDERANDO:
Viene el presente proceso a estudio del Tribunal, en virtud de haberse concedido
el recurso de apelación interpuesto por la fiscalía, contra el
auto emitido por la primera instancia, el cual decretó el sobreseimiento
del imputado N. U., en orden al delito que se le imputara.
El mentado recurso fue interpuesto en legal tiempo y forma (fs. 80/1) y fue
mantenido del mismo modo ante esta alzada (fs. 86vta.), expresando los agravios
respectivos, a través de su presentación obrante a fs. 88/9vta.
donde impetró por la revocación de tal decisión.
Encontrándose el presente recurso en legales condiciones de recibir respuesta,
cabe adelantar que se comparte el cuestionamiento introducido por el recurrente.
En efecto, no obstante no encontrarse discutido que el imputado N. U. tuvo una
relación sexual con la menor C. R., la cual a ese momento tenía
13 años de edad, cierto es que, tal como se desprenden de sus dichos,
en principio, la misma no consintió libremente el acto, sino que fue
por temor (fs. 6); razón por la cual, no obstante no haber mediado violencia
-tal como expresa la primera instancia-, la intimidación también
es uno de los medios comisivos contenidos en el nuevo artículo 119 del
Código Penal, por ende deberá dirigirse la investigación
en ese sentido.
Por todo lo expuesto, el Tribunal RESUELVE:
REVOCAR el auto de fs. 78/9vta..
Notifíquese al señor Fiscal General y, fecho, devuélvase
debiendo la instancia anterior cumplir con las notificaciones correspondientes,
sirviendo lo proveído de atenta nota de envío. ALFREDO BARBAROSCH.-
CARLOS GEROME.-
Planeta Ius Comunidad Jurídica Argentina. Libre acceso
a todo el mundo. Los propietarios de esta web se
reservan los derechos de admisión, así también la facultad
de dar de baja a usuarios ya inscriptos. Ante
cualquier duda lea los términos y condiciones de esta web, o comuníquese
con la administración en
el formulario de contacto.