Estoy en: Foro > Fuentes > Legislación

451-96




Secretaría de Hacienda
DEUDA PUBLICA
Resolución 451/96
Dispónese la ampliación de la emisión de Letras Externas de la República Argentina 9% 2001, en el marco del Programa de Letras Externas a Mediano Plazo.
Bs. As., 12/4/96
VISTO el Expediente Nº 001-001488/96 del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, el Decreto Nº 1588 de fecha 26 de julio de 1993, modificado por el Decreto Nº 91 de fecha 30 de enero de 1996, la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 373 del 5 de octubre de 1995, la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 339 de fecha 27 de febrero de 1996, la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA Nº 244 de fecha 12 de abril de 1996, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 1588/93 se facultó al Señor Ministro de Economía y Obras y Servicios Públicos, a suscribir un Programa de Letras Externas a Mediano Plazo por un VALOR NOMINAL de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES UN MIL MILLONES (V.N. U$S 1.000.000.000,-), que podía ser utilizado dentro de aquel ejercicio fiscal y siguientes, autorizándolo asimismo a contraer obligaciones externas cuyo saldo en circulación en todo momento no supere el importe del Programa.
Que por sucesivas modificaciones se procedió a incrementar el monto del Programa alcanzando, mediante el Decreto Nº 91 de fecha 30 de enero de 1996, como monto autorizado a emitir un VALOR NOMINAL de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES OCHO MIL MILLONES (V.N. U$S 8.000.000.000).
Que por Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 373 de fecha 5 de Octubre de 1995, se autorizó al Señor Secretario de Hacienda a disponer la emisión de títulos de la deuda pública dentro del "Programa de Letras Externas a Mediano Plazo", y se designaron los funcionarios autorizados a suscribir la documentación necesaria para cada operación.
Que por Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 339 de fecha 27 de febrero de 1996, se aprobó la ampliación del "Programa de Letras Externas a Mediano Plazo" por un monto de hasta VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES OCHO MIL MILLONES (V.N. U$S 8.000.000.000,-).
Que mediante la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA Nº 244 de fecha 12 de abril de 1996, se aprobó la emisión de un instrumento de deuda pública denominado "LETRAS EXTERNAS A MEDIANO PLAZO DE LA REPUBLICA ARGENTINA 9% 2001" por un VALOR NOMINAL CHELINES AUSTRIACOS UN MIL MILLONES (V.N. ATS 1.000.000.000).
Que se ha recibido una oferta por parte de los organizadores de la colocación, CREDITANSTALT INVESTMENT BANK AG para realizar una ampliación de la emisión antes mencionada por un VALOR NOMINAL de hasta CHELINES AUSTRIACOS SETECIENTOS CINCUENTA MILLONES (V.N. ATS 750.000.000).
Que se ha recibido la opinión del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, especificada en el artículo 61º de la Ley Nº 24.156.
Que la DIRECCION DE ADMINISTRACION DE LA DEUDA PUBLICA ha informado que esta operación se encuentra dentro de los límites establecidos en la planilla anexa Nº 8 del artículo 6º de la Ley Nº 24.624.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado de la presente medida en virtud de lo dispuesto por la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 373 de fecha 5 de octubre de 1995.
Por ello,
EL SECRETARIO DE HACIENDA
RESUELVE:
Artículo 1º — Dispónese, en el marco del Programa de Letras Externas a Mediano Plazo, la ampliación de la emisión de "LETRAS EXTERNAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA 9% 2001", que fuera aprobada por la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA Nº 244 de fecha 12 de abril de 1996 que serán colocadas a través del CREDITANSTALT INVESTMENT BANK AG, por un VALOR NOMINAL DE HASTA CHELINES AUSTRIACOS SETECIENTOS CINCUENTA MILLONES (V.N. ATS 750.000.000,-) respetándose las condiciones financieras establecidas en dicha Resolución, excepto lo relativo a:
Precio de emisión: CIENTO UNO CON CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO MILESIMOS POR CIENTO (101,475%).
Precio de re-oferta: CIEN CON TRESCIENTOS MILESIMOS POR CIENTO (100,300%).
Gastos de colocación y listado en la Bolsa de Luxemburgo: por un importe máximo de CHELINES AUSTRIACOS TRESCIENTOS CINCUENTA MIL (ATS 350.000).
Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ricardo A. Gutiérrez.

Administracionius UNLP

Respuestas

Derecho Apuntes de Derecho

Temas Similares a 451-96