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PRESIDENCIA DE LA NACION
Decreto 635/98
Créase la Comisión Organizadora de la "Cuarta Sesión de la Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático", en el ámbito de la Secretaría de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable.
Bs. As., 04/06/98
VISTO la "Cuarta Sesión de la conferencia de las partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático" a celebrarse en la ciudad de Buenos Aires entre los días 2 y 13 de Noviembre de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que la organización del evento mencionado en el VISTO estará a cargo del país anfitrión.
Que, teniendo en cuenta la gravitación e importancia que conlleva el desarrollo de un acontecimiento de esa naturaleza en nuestro país, es importante que la Conferencia se desarrolle con un grado máximo de jerarquía y excelencia.
Que a los fines de la consecución del objetivo propuesto, se hace necesario constituir una comisión con facultades suficientes para encarar su organización en forma ágil y con la mayor eficiencia y eficacia.
Que, atento a sus competencias, específicas en la temática ambiental, resulta aconsejable que dicha Comisión funcione en la órbita y bajo el control de la SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la PRESIDENCIA DE LA NACION, la cual contará con el apoyo del resto de las jurisdicciones del Gobierno Nacional involucradas en la materia.
Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99 inciso 1 de la Constitución Nacional.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Créase en el ámbito de la SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la PRESIDENCIA DE LA NACION la COMISION ORGANIZADORA de la "Cuarta Sesión de la Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático a celebrarse en la ciudad de Buenos Aires, entre los días 2 y 13 de noviembre de 1998.
Art. 2° — La Señora SECRETARIO DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE ejercerá la Presidencia de la COMISION ORGANIZADORA y el Señor SUBSECRETARIO DE DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE ejercerá la Presidencia Alterna de esa COMISION.
Art. 3° — La COMISION ORGANIZADORA creada por el artículo 1° estará conformada por un representante titular y uno suplente de cada una de las siguientes jurisdicciones.
— JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
— MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.
— MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
— SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR DEL MINISTERIO DEL INTERIOR.
— SECRETARIA DE TURISMO DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION.
— SECRETARIA DE PRENSA Y DIFUSION DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION.
— SECRETARIA DE CIENCIA Y TECNOLOGIA DEL MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION.
Art. 4° — Invítase al GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES a formar parte de la COMISION ORGANIZADORA, nombrando -a tal efecto- un representante titular y uno suplente.
Art. 5° — La Señora SECRETARIO DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE dictará las normas complementarias para el funcionamiento de la COMISION ORGANIZADORA y el cumplimiento de los objetivos para la cual ha sido creada.
Art. 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MENEM. — Jorge A. Rodríguez. — Guido Di Tella. — Carlos V. Corach.

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