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PRESIDENCIA DE LA NACION
SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE
Resolución N° 581/98
Bs. As, 21/7/98
VISTO el Expediente SRNDS Nº 1429/98 del registro de esta Secretaría, y
CONSIDERANDO:
Que se ha producido un error de transcripción en el artículo 1º de la Resolución Nº 401/98.
Que conforme lo dispuesto por el art. 101 del Decreto 1759/72 (t.o. 1991) corresponde su corrección;
Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección General de Coordinación de Asuntos Jurídicos;
Por ello,
EL SECRETARIO DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Rectifícase el segundo párrafo del artículo 1 º de la Resolución Nº 401/98 que quedará redactado del siguiente modo:
La reprogramación de tareas no modifica el plazo final de la Revisión Ordinaria que deberá cumplirse en las fechas determinadas en el contrato y con relación al plazo de finalización del primer quinquenio fijado en el numeral 3.2. del Acta Acuerdo del 30 de octubre de 1997.
ARTICULO 2° — Póngase en conocimiento de la COMISION BICAMERAL DE REFORMA DEL ESTADO Y SEGUIMIENTO DE PRIVATIZACIONES LEY 23.696, a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, al ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS y a AGUAS ARGENTINAS S.A. por medio de la UNIDAD ASESORA DE LA AUTORIDAD DE APLICACION.
ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y archívese. — Ing. MARIA JULIA ALSOGARAY., Secretario de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable.
e. 29/7 Nº 237.763 v. 29/7/98

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