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(Nota Infoleg: Norma abrogada por art. 3° de la Resolución General N° 1585/2003 B.O. 30/10/2003).
Administración Federal de Ingresos Públicos
METROLOGIA LEGAL
Resolución General 1425
Actualización de los Anexos II y III de la Resolución General Nº 268/98-AFIP.
Bs. As., 21/1/2003
VISTO la Resolución General Nº 268 de fecha 16 de noviembre de 1998 de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, la cual reglamenta en Sede Aduanera los términos de la Ley 19.511, relativa a la graduación de instrumentos de medición en unidades pertenecientes al SI.ME.L.A. (Sistema Métrico Legal Argentino), y
CONSIDERANDO:
Que con motivo de la nota sin número de fecha 10 de diciembre de 2002, la Dirección Nacional de Comercio Interior de la Secretaría de la Competencia, Desregulación y Defensa del Consumidor del Ministerio de la Producción, en su carácter de autoridad de aplicación de la Ley 19.511 y sus Decretos reglamentarios Nº 878 de fecha 27 de junio de 1989 y Nº 829 de fecha 27 de mayo de 1994, solicita se modifiquen los anexos II y III de la Resolución citada en el Visto, por lo que corresponde su adecuación.
Que han tomado la intervención que les compete la División Arancel Informático, el Departamento Técnica de Nomenclatura y Clasificación Arancelaria y la Dirección de Técnica.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 7º del Decreto Nº 618 de fecha 10 de Julio de 1997.
Por ello:
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1º — Aprobar el Anexo II "A" que forma parte integrante de la presente, el cual reemplaza al Anexo II de la Resolución General Nº 268/ 98 (AFIP).
Art. 2º — Aprobar el Anexo III "A" que forma parte integrante de la presente, el cual reemplaza al Anexo III de la Resolución General Nº 268/98 (AFIP).
Art. 3º — Dejar sin efecto los Anexos II y III de la Resolución General Nº 268/98 (AFIP).
Art. 4º — Regístrese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y publíquese en el Boletín de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. Remítase copia al INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICAS Y CENSO (INDEC), a la SECRETARIA ADMINISTRATIVA DEL MERCOSUR —Sección Nacional —, a la SECRETARIA GENERAL DE LA ALADI (ROU) y a la SECRETARIA DEL CONVENIO DE COOPERACION DE ASISTENCIA MUTUA ENTRE LAS DIRECCIONES NACIONALES DE ADUANA DE AMERICA LATINA, ESPAÑA Y PORTUGAL. Cumplido, archívese. — Alberto R. Abad.
ANEXO II "A"
6909.90.00
7017.10.00
7017.20.00
7017.90.00
8206.00.00
8413.19.00
9015.10.00
9015.30.00
9024.80.19
9024.80.20
9025.19.10
9029.20.10
9029.20.20
 
–––––––––
NOTA:
EL ORIGINAL DEL ANEXO II FUE APROBADO POR RESOLUCION GENERAL Nº 268/98 (AFIP).
ESTA ES LA PRIMERA MODIFICACION APROBADA POR RESOLUCION GENERAL Nº 1425.
ANEXO III "A"
7017.10.00
7017.20.00
7017.90.00
8413.11.00
8423.10.00
8423.20.00
8423.30.11
8423.30.19
8423.30.90
8423.81.10
8423.81.90
8423.82.00
8423.89.00
8423.90.10
8526.10.10
9016.00.10
9016.00.90
9017.80.10
9017.80.90
9025.11.10
9029.10.90
9031.80.11
9031.80.90
–––––––––
NOTA:
EL ORIGINAL DEL ANEXO III FUE APROBADO POR RESOLUCION GENERAL Nº 268/98 (AFIP).
ESTA ES LA PRIMERA MODIFICACION APROBADA POR RESOLUCION GENERAL Nº 1425.

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