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Ministerio de Salud
BECAS
Resolución 109/2003
Apruébanse el número de becas "Ramón Carrillo – Arturo Oñativia" a otorgarse en el período 2003 y sus respectivos montos
Bs. As., 5/3/2003
VISTO el Expediente N° 1-2002-1479/03-4 del registro de este Ministerio y la Resolución Ministerial N° 392 del 12 de julio de 2002, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Ministerial N° 282/00 se crea un Sistema de Becas de Investigación para Profesionales denominadas "RAMON CARRILLO - ARTURO OÑATIVIA".
Que mediante Resolución Ministerial N° 170 de fecha 25 de marzo de 2002 se constituyó en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE RELACIONES SANITARIAS E INVESTIGACION EN SALUD de este Ministerio la COMISION NACIONAL DE PROGRAMAS DE INVESTIGACION SANITARIA (CONAPRIS) con el propósito de fijar las Políticas y Estrategias sobre las Becas de Investigación en la Resolución Ministerial N° 392/02.
Que a través de la Resolución Ministerial N° 392 de fecha 12 de julio de 2002, se establecieron características diferentes para las Becas "RAMON CARRILLO - ARTURO OÑATIVIA" y se fijaron las prioridades de los Programas de Investigaciones.
Que es objetivo de este Ministerio que las investigaciones en ciencias de la salud para entender los respectivos conocimientos y las investigaciones para resolver problemas, se aúnen transformándose ambas en Investigaciones estratégicas, que sirvan a la salud de la población, fijando las políticas del Ministerio que le competen.
Que cabe agrupar al conjunto de las Becas "RAMON CARRILLO - ARTURO OÑATIVIA" que se otorgarán en el período 2003 de acuerdo a los ejes temáticos previstos.
Que se han agrupado, además como becas de investigación básica y clínica, como becas sobre programas sanitarios con apoyo institucional, becas de investigación clínica u operativa a nivel hospitalario.
Que para Becas de Investigación "RAMON CARRILLO - ARTURO OÑATIVIA" de PROGRAMAS COLABORATIVOS MULTICENTRICOS la CONAPRIS ha seleccionado como áreas temáticas consideradas prioritarias, el estudio a través del monitoreo y análisis de la situación de salud, Investigando sobre:
1) Nutrición en Menores de TRES (3) Años y Embarazadas.
2) El Embarazo Adolescente: Diagnóstico para reorientar las políticas y programas de salud.
3) Calidad en Servicios y Equidad en Salud: Será coordinado por el DOCTOR D. Guillermo WILLIAMS de la DIRECCION DE CALIDAD EN SERVICIOS DE SALUD.
4) Políticas en Medicamentos.
Que a través de la ejecución de las Becas señaladas en la presente Resolución se pretende lograr un mejor y eficiente desarrollo de los recursos humanos en salud mediante la formación de jóvenes investigadores.
Que es conveniente realizar el llamado a concurso en consonancia con el año académico de actividad, tal como lo propone la CONAPRIS.
Que la SUBSECRETARIA DE RELACIONES SANITARIAS E INVESTIGACION EN SALUD ha dado su conformidad al texto de la presente Resolución Ministerial.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que se actúa en virtud de las facultades otorgadas por el artículo 23 de la Ley de Ministerios N° 25.233, del Decreto N° 438/92, del Decreto N° 355/02, la Decisión Administrativa 24/02 y la Resolución Ministerial 233/02.
Por ello,
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
Artículo 1° — Agrúpense las Becas "RAMON CARRILLO - ARTURO OÑATIVIA" a otorgarse en el período 2003 de la siguiente manera:
a) Becas de Investigación "RAMON CARRILLO - ARTURO OÑATIVIA" para Investigaciones Básicas y Clínicas.
b) Becas de Investigación "RAMON CARRILLO - ARTURO OÑATIVIA" sobre Programas Sanitarios con Apoyo Institucional.
c) Becas de Investigación "RAMON CARRILLO - ARTURO OÑATIVIA" Clínicas y Operativas a Nivel Hospitalario.
d) Becas de Investigación "RAMON CARRILLO - ARTURO OÑATIVIA" de Programas Colaborativos Multicéntricos sobre:
1) Investigación sobre Nutrición Infantil en menores de TRES (3) años y Embarazadas.
2) Investigación sobre Incidencia del Embarazo en Adolescentes y su relación con la leyes de salud reproductiva.
3) Calidad en Servicios y Equidad en Salud.
4) Política en Medicamentos.
Art. 2° — Apruébense el número de becas y sus respectivos montos para las categorías de becas definidas en el artículo precedente según las modalidades establecidas en el ANEXO I de la presente Resolución.
Art. 3° — Asígnese a la CONAPRIS, en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE RELACIONES SANITARIAS E INVESTIGACION EN SALUD, las funciones de realizar la organización, la designación de jurados, la reglamentación de las condiciones para la inscripción y la reglamentación de las Becas de Investigación.
Art. 4° — Instrúyase a la CONAPRIS para que dé cumplimiento a lo señalado en el artículo anterior a efectos de abrir la inscripción de las citadas Becas a partir del 20 de Febrero y hasta el 20 de Marzo de 2003 y para que una vez concluido el proceso de evaluación proponga y eleve al MINISTRO DE SALUD los nombres de los beneficiarios seleccionados con descripción de los Proyectos y fechas de iniciación Art. 5° — El gasto que demande la ejecución de las Becas previstas en la presente Resolución será imputado a las partidas presupuestarias específicas del ejercicio vigente.
Art. 6° — Los estipendios se abonarán en DOS (2) pagos semestrales.
Art. 7° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. — Ginés M. González García.
ANEXO I
· Becas de Investigación "RAMON CARRILLO-ARTURO OÑATIVIA" para Investigaciones Básicas y Clínicas.
Monto total: PESOS VEINTE MIL ($ 20.000.-) distribuidos de la siguiente manera: PESOS CUATRO MIL ($ 4.000.-) para los Beneficiarios de la Beca, PESOS DOCE MIL ($ 12.000.-) para los Becarios a cargo, y PESOS CUATRO MIL ($ 4.000.-) para la adquisición de insumos.
· Cantidad total de Becas: VEINTIDOS (22).
· Becas de Investigación "RAMON CARRILLO-ARTURO OÑATIVIA" sobre Programas Sanitarios con Apoyo Institucional.
Monto total: PESOS VEINTE MIL ($ 20.000.-) distribuidos de la siguiente forma: PESOS DOCE MIL ($ 12.000.-) para los Beneficiarios de la Beca, PESOS OCHO MIL ($ 8.000.-) destinados a la Institución para insumos y gastos institucionales.
· Cantidad de Becas: VEINTE (20).
· Becas de Investigación "RAMON CARRILLO-ARTURO OÑATIVIA" a Nivel Hospitalario.
Monto total: PESOS VEINTE MIL ($ 20.000.-) distribuidos de la siguiente manera: PESOS DOCE MIL ($ 12.000.-) para los Beneficiarios de la Beca, PESOS OCHO MIL ($ 8.000.-) para el Hospital donde se ejecuta la investigación en concepto de insumos, y hasta TRES MIL SEISCIENTOS ($ 3.600.-) para incentivo del Director de la Beca asignada.
Cantidad de Becas: TREINTA Y DOS (32).
· Becas de Investigación "RAMON CARRILLO-ARTURO OÑATIVIA" sobre Programas Colaborativos Multicéntricos.
Monto total: PESOS NOVECIENTOS MIL ($ 900.000.-).
Podrán asignarse hasta CUARENTA Y CINCO (45) becas de PESOS VEINTE MIL ($ 20.000) cada una o Becas de monto menor cuya asignación estará sujeta a la propuesta del Comité de selección (jurados).
Las Becas de PESOS VEINTE MIL ($ 20.000.-) distribuidas en PESOS DOCE MIL ($ 12.000.-) para el Becario y OCHO MIL ($ 8.000.-) para insumos y gastos de la institución respaldatoria de la investigación.
a) Estudio sobre Nutrición en menores de TRES (3) años y Embarazadas: hasta TRECE (13) Becas de PESOS VEINTE MIL ($ 20.000.-) cada una. Monto total: DOSCIENTOS SESENTA MIL ($ 260.000.-).
b) Estudios de Incidencia del Embarazo en Adolescentes y su relación con las leyes de Salud Reproductiva: Hasta DOCE (12) Becas de VEINTE MIL ($ 20.000.-) cada una. Monto total: DOSCIENTOS CUERANTA MIL ($ 240.000.-).
c) Calidad en Servicios y Equidad en Salud: hasta DIEZ (10) Becas de PESOS VEINTE MIL ($ 20.000.-) cada una. Monto Total: DOSCIENTOS MIL ($ 200.000.-).
d) Políticas en Medicamentos: hasta DIEZ (10) Becas de PESOS VEINTE MIL ($ 20.000.-) cada una. Monto Total: DOSCIENTOS MIL ($ 200.000.-).

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