Hola estimados planeteros. El otro día me surgió una duda: visto que las pólizas de los seguros de automotores tienen un monto máximo de cobertura en caso de siniestro, ¿qué sucede cuando el daño que reclama la víctima del accidente supera ese monto? ¿Acaso debe responder el asegurado por el excedente con su patrimonio?
El tema lo tenía más o menos claro para los accidentes nucleares o de aeronaves (cuando di obligaciones). Pero me surgió la duda con los automotores.
Saludos y gracias desde ya
Sebastián
Saludos.
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