Hola!!
tengo que resolver un caso con algunas dificultades y agradecería me orienten:
El Sr. R firma al sr. L. un pagaré por una deuda que vence el 16.9.05. (por compraventa de insumos para un campo arrendado) Posteriormente el 2.2.06 el Sr. R. firma otro pagaré al Sr. M. (por un crédito personal) El 6.6.06 L. traba embargo preventivo sobre un inmueble de R. por incumplimiento. presentando demanda el 12.12.06 y obtiene sentencia favorable el 3.3.07. M. había iniciado demanda el 24.5.06 (antes que el sr. L.) y obtuvo también sentencia favorable, traba embargo ejecutorio sobre la misma propiedad el 17.4.07 teniendo fecha de remate del bien el 28.6.07. Hay algún remedio jurídico para L. por ser su deuda anterior? Las cuestiones a resolver que se me plantean son varias: 1- Partimos del hecho de que ninguno de los dos es un acreedor privilegiado, pues ambos lo son por deudas quirografarias. 2- El inmueble embargado es de la ciudad de Córdoba. 3- El embargo preventivo que tiene L., tiene un plazo para iniciar demanda? tengo entendido que sí. 4- Ante el embargo ejecutorio que obtiene M., posterior en el tiempo al preventivo obtenido por L., también rige el principio de "primero en tiempo primero en derecho"? 5- El inmueble embargado es vivienda única. Qué sucede en ese caso? 6- Si el inmueble no fuera vivienda única, puede sustituirlo por otro verdad? Por favor!! alguien que me ayude!! Muchísimas gracias desde ya.
Saludos!
...Que muerda y vocifere vengadora,
ya rodando en el polvo tu cabeza.