[b] Administración Federal de Ingresos Públicos
FACTURACION Y REGISTRACION
Resolución General 2013
Procedimiento. Intermediación en la compraventa de automotores y motovehículos usados. Resolución General Nº 1997. Norma complementaria.
Bs. As., 13/3/2006
VISTO la Resolución General Nº 1997, y
CONSIDERANDO:
Que la norma citada en el visto estableció la obligación —a partir del 1 de marzo de 2006— , de respaldar los contratos de intermediación en la compraventa de vehículos automotores y motovehículos usados a través de mandatos, comisiones, consignaciones o cualquier otra forma de instrumentación que cumpla la misma finalidad mediante el comprobante "mandato/consignación".
Que a fin de posibilitar el cumplimiento de la citada obligación, se considera conveniente otorgar un plazo especial, respecto de los contratos preexistentes a la fecha indicada en el considerando precedente.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y las Subdirecciones Generales de Fiscalización y de Asuntos Jurídicos.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7º del Decreto Nº 618, del 10 de julio de 1997, su modificatorio y sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
[b] Artículo 1º — Las obligaciones establecidas por la Resolución General Nº 1997, respecto de los contratos de intermediación en la compraventa de vehículos automotores y motovehículos usados a través de mandatos, comisiones, consignaciones o cualquier otra forma de instrumentación que cumpla la misma finalidad, celebrados con anterioridad al 1 de marzo de 2006, serán de aplicación a partir del 2 de mayo de 2006.
[b] Art. 2º — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto R. Abad.