ADUANAS
Resolución General 646/99
Apruébase la versión 3.0 del Sistema DUA informatizado SIDIN para los usuarios DP y AD.
Bs. As., 27/7/99
VISTO la necesidad de actualizar la versión 2.0 del Sistema DUA Informatizado (SIDIN-DP y SIDIN-AD), normado por Resolución General Nº 128 del 21 de abril de 1998 (AFIP), y
CONSIDERANDO:
Que la versión 3.0 del Sistema SIDIN-DP y SIDIN-AD incorpora nuevas utilidades que permiten optimizar la auditoría del sistema, sustituir los libros de registro manual, reincorporar al circuito informático los DUA Manuales y facilitar la liquidación.
Que resulta conveniente autorizar específicamente estas nuevas modalidades en la registración de destinaciones aduaneras.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto 618 de fecha 10 de julio de 1997.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1º — Aprobar la versión 3.0 del Sistema DUA Informatizado SIDIN para usuarios DP y AD.
Art. 2º — Aprobar Anexo I "INDICE TEMATICO", Anexo II "LIBRO DE REGISTRO DE OPERACIONES DEL SISTEMA SIDIN AD", Anexo III "RECARGA DE LOS DUA MANUALES" y Anexo IV "INFORMACION DEL ITEM".
Art. 3º — Dejar sin efecto los Anexos IV y VI de la Resolución 2624 de fecha 26 de junio de 1997 (ex ANA) quedando el cursograma del DUA Manual, equiparado al del DUA Sidin (Resolución General Nº 128 de fecha 21 de abril de 1998 (AFIP) - Anexo IV).
Art. 4º – Sustituir en el Anexo II de la Resolución General Nº 128 de fecha 21 de abril de 1998 (AFIP) el Subanexo "INFORMACION DEL ITEM" por el Anexo IV de la presente Resolución.
Art. 5º — Eliminar en el Anexo II de la Resolución General Nº 128 de fecha 21 de abril de 1998 (AFIP) el CUADRO DEMOSTRATIVO DJVE, contenido en el Título "INTEGRACION DE HOJA CONTINUACION (OM 1993/3 Continuación)".
Art. 6º — Facúltase a la Dirección de Informática Aduanera a establecer el cronograma de distribución del SIDIN AD y del SIDIN DP versión 3.0, debiendo estar operativo en todas las Aduanas desde el 15 de agosto de 1999.
Art. 7º — Regístrese. Dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y publíquese en el Boletín de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. Remítase copia a la SECRETARIA ADMINISTRATIVA DE LA ALADI (ROU), a la SECRETARIA DEL CONVENIO DE COOPERACION Y ASISTENCIA MUTUA ENTRE LAS DIRECCIONES NACIONALES DE ADUANAS DE AMERICA LATINA, ESPAÑA Y PORTUGAL (MEXICO DF). Cumplido archívese. — Carlos Silvani.
ANEXO I
INDICE TEMATICO
ANEXO II Libro de Registro de operaciones del Sistema SIDIN 3 AD.
ANEXO III Recarga de los DUA manuales.
ANEXO IV Información del ítem.
ANEXO II
LIBRO DE REGISTRO DE OPERACIONES DEL SISTEMA SIDIN AD 3
Esta utilidad genera un Acta Fecha con las destinaciones originales registradas en esa fecha según el modelo anexo.
El DUA manual continuará siendo registrado manualmente en el "Libro de Registro de operaciones del DUA manual", ya que esta nueva utilidad es específica para las operaciones originales del DUA Sidin.
F. de Impresión: 20/05/1999
Aduana: 001
Folio fecha: 17/05/1999
Libro de registro diario
Desde 17/05/1999 Hasta: 17/05/1999
Identificación |
Cult Desp. |
Desc. Despachante |
Cult. Exp./Mo. |
Desc. Exp. Amp. |
Vta. IO manifiesto |
IO Mediotransp. |
Garantía Nº |
T. Kg. bruto |
Cob/Pag |
Monto |
Fecha Ofic. |
99001EC013000000 |
20104605371 |
NICOLARI PABLO ALBERTO |
30503339788 |
ESKABE SA. |
4 |
CRUZ DEL SUR |
2801,94 |
1399,85 |
13964,53 |
17/05/1999 |
99001EC013000017 |
20152510927 |
VACCARI RUGGERO |
30500548041 |
PEQAFLOR S.A. |
8 |
REGATT |
116996,7 |
9680,25 |
119509,32 |
17/05/1999 |
99001EC013000024 |
20104605371 |
NICOLARI PABLO ALBERTO |
30503339788 |
ESKABE SA. |
4 |
CRUZ DEL SUR |
2801,94 |
1399,85 |
13984,53 |
17/05/1999 |
99001EC013000031 |
20104605371 |
NICOLARI PABLO ALBERTO |
30503339788 |
ESKABE SA. |
4 |
CRUZ DEL SUR |
2801,94 |
1399,85 |
13984,53 |
17/05/1999 |
Extraído por ............................................
Conforme ............................................. Nº de página
ANEXO III
RECARGA DE LOS DUA MANUALES
Esta funcionalidad permite incorporar al circuito informático del Sidin AD 3.0 los DUA manuales, generados cuando no funcionare el SIDIN AD, con el rango de números de registro entre el 100.000 y el 300.000.
El declarante concurrirá a la Aduana Local con la destinación en formulario y con el diskette en el formato DUA correspondiente.
En la Aduana Local se registrará como DUA Manual y cuando se reinicie la operatoria SIDIN AD se procederá a su recarga dentro de las VEINTICUATRO (24) horas, la misma se realizará con el momento imponible original, utilizando las herramientas de revisión y de transmisión a la base DUA de destinaciones, propias del SIDIN AD 3.0.
ANEXO IV
INFORMACION DEL ITEM
excepción. Se ingresarán todas aquellas que correspondan a la mercadería del ítem según norma de aplicación e instructivos de la Subdirección de Legal y Técnica Aduanera (ver nota TEIM 843/98 de fecha 13/02/98).
Sufijos de Valor: Los correspondientes según normativa en vigencia.