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Administración Federal de Ingresos Públicos







>Administración Federal de Ingresos Públicos[/b]

> [/b]

>IMPUESTOS[/b]

> [/b]

>Resolución General 714/99[/b]

> [/b]

>Impuesto al Valor Agregado. Resolución General Nº
18, sus modificatorias y complementarias. Resolución General Nº 39 y sus
modificaciones. Nómina de sujetos comprendidos.
[/b]

> 

>Bs.
As., 27/10/99

> 

>VISTO
el régimen de retención del impuesto al valor agregado establecido por la
Resolución General Nº 18, sus modificatorias, y su complementaria Resolución
General Nº 39 y sus modificaciones.

> 

>CONSIDERANDO:

> 

>Que de
acuerdo con lo establecido en el artículo 3º de la norma citada en primer
término, esta Administración Federal está facultada para incorporar nuevos
agentes de retención al mencionado régimen, así como para excluir aquéllos que
fueron designados como tales.

> 

>Que en
consecuencia, corresponde informar la identificación del sujeto que se
incorpora a este régimen de retención y de los que han quedado excluidos del
mismo.

> 

>Que ha
tomado la intervención que le compete la Dirección de Legislación.

> 

>Que la
presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7º
del Decreto Nº 618, de fecha 10 de julio de 1997.

> 

>Por
ello,

> 

>EL
ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

>RESUELVE:

> [/b]

>Artículo 1º [/b]— Modifícase el Anexo I
de la Resolución General Nº 18, sus modificatorias y complementarias, en la
forma que se detalla a continuación:


> 

>1.
Incorpórase al responsable que se indica seguidamente:

> 

>“30-68686336-7
PLUSPETROL EXPLORACION Y PRODUCCION SA”

> 

>2.
Elimínanse a los responsables que se detallan a continuación:

> 















>“
30-58641242-2

  >


>LODICO
JOSE Y DAVID RAUL ADOLFO”


>“30-60417800-9

  >


>SIDERTEK
SOCIEDAD ANONIMA”


>“30-64151658-5

  >


>CONSORCIO
PIEDRA CLAVADA LAS HERAS CAÑADON MINERALES”



> [/b]

>Art. 2º [/b]— Modifícase el Anexo II de la
Resolución General Nº 39 y sus modificaciones, en la forma que se indica
seguidamente:


> 

>—
Elimínanse a los responsables que se detallan a continuación:

> 











>“33-50450992-9

  >


>ALASKA
S.A.C.I.I.Y E.”


>“30-68387475-9


>FIORE
CECILIA Y FIORE SILVINA S.H.”



> [/b]

>Art. 3º [/b]— Lo establecido en los
artículos precedentes tendrá efecto a partir del día 1 de diciembre de 1999,
inclusive.


> [/b]

>Art. 4º [/b]— Regístrese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Carlos Silvani.


> 

lang=EN-US >FE DE ERRATAS

lang=EN-US > 

>ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS[/b]

> [/b]

>Resolución General Nº 714/99[/b]

> 

>En la
edición del 29 de octubre de 1999, en la que se publicó la mencionada
Resolución General, se deslizó el siguiente error de imprenta:

> [/b]

>DONDE DICE:[/b]

> 

>Art. 2º
— Modifícase el Anexo II de la Resolución General Nº 39 y sus modificaciones,
en la forma que se indica seguidamente.

> [/b]

>DEBE DECIR:[/b]

> 

>Art. 2º
— Modifícase el Anexo de la Resolución General Nº 39 y sus modificaciones, en
la forma que se indica seguidamente.

> 



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