Administración Federal de Ingresos Públicos
ADUANAS
Resolución General 761/00
Consultas de clasificación arancelaria en la Nomenclatura Común del
Mercosur, según Resolución General Nº 369 AFIP. Expediente Nº 254.874/99
Bs. As., 11/1/00
VISTO las actuaciones ADGA
Nros. 423.787/99; 425.147/99; 426.877/99; 428.860/99; 429.376/99; 430.648/99;
431.954/99; 432.791/99; 436.955/99 y 439.244/99 por las que se solicita la
clasificación en la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) de mercaderías de las
cuales se adjunta muestra o información técnica según los casos, y
CONSIDERANDO:
Que las actuaciones consignadas
en el VISTO han sido analizadas a través de los Criterios de Clasificación
Nros. 251 al 260/99, por la División Clasificación Arancelaria y aprobados por
el Departamento Técnica de Nomenclatura y Clasificación Arancelaria, según
constancias que obran a fs. 01/11, los que se dan por reproducidos.
Que razones de oportunidad,
mérito y conveniencia aconsejan, en atención a una sana economía
administrativa, definir en un solo acto resolutivo las referidas consultas de
clasificación arancelaria de mercaderías.
Que ha tomado la intervención
que le compete la Dirección de Técnica.
Que la presente se dicta en uso
de las facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 de fecha 10
de julio de 1997.
Por ello;
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1º [/b]— Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 3824.90.39
a la siguiente mercadería: Preparación a base de dinitrosopentametilentetramina
y carbonato de calcio, del tipo de las utilizadas en la fabricación de caucho
celular, conforme Criterio de Clasificación Nº 251/99 recaído en la actuación
ADGA Nº 423.787/99.
Art. 2º [/b]— Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 6105.10.00 a la
siguiente mercadería: Camisa para niño, con capucha, mangas largas con ajuste
en los puños, bolsillo en la parte superior y botones en el frente que cierran
la prenda de izquierda sobre derecha, confeccionada con tejido de punto, con un
contenido superior al 50% de algodón y una media de más de 10 mallas por cm en
ambas direcciones, estampada y frizada, conforme Criterio de Clasificación Nº
252/99 recaído en la actuación ADGA Nº 425.147/99.
Art. 3º [/b]— Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 3921.90.20 a la
siguiente mercadería: Placas, láminas, hojas y tiras de plástico no celular con
soporte de papel, donde el espesor del plástico es superior a la mitad del
espesor total, del tipo de las utilizadas como lomo para bibliorato, conforme
Criterio de Clasificación Nº 253/99 recaído en la actuación ADGA Nº 426.877/99.
Art. 4º [/b]— Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 9018.12.10 a las
siguientes mercaderías: 1) Aparato de diagnóstico por exploración ultrasónica
con análisis espectral Doppler, capacitado para trabajar simultáneamente con 4
(cuatro) unidades de exploración (transductores) presentadas conjuntamente con
dicho aparato y 2) Unidades de exploración (transductores) destinadas a tomar
imágenes de distintas zonas del cuerpo humano por medio de ultrasonido, del
tipo de los utilizados en aparatos de diagnóstico por exploración ultrasónica
con análisis espectral Doppler, conforme Criterio de Clasificación Nº 254/99
recaído en la actuación ADGA Nº 428.860/99.
Art. 5º [/b]— Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 8414.59.90 a la
siguiente mercadería: Ventilador, cuya superficie móvil consiste en una rueda
de paletas accionada mediante un motor eléctrico de 1 HP, utilizado como
soplador para la inyección de aire en equipos de hidromasajes, conforme Criterio
de Clasificación Nº 255/99 recaído en la actuación ADGA Nº 429.376/99.
Art. 6º [/b]— Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 8481.20.90 a la
siguiente mercadería: Válvula para transmisiones oleohidráulicas, rotativa, del
tipo de las utilizadas en direcciones hidráulicas, conforme Criterio de
Clasificación Nº 256/99 recaído en la actuación ADGA Nº 430.648/99.
Art. 7º [/b]— Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 8523.90.00 a la
siguiente mercadería: Tarjeta para registro magnético de datos, cuyo anverso
presenta una impresión publicitaria y un área termosensible donde se imprimen
mensajes cada vez que la tarjeta es utilizada, conforme Criterio de
Clasificación Nº 257/99, recaído en la actuación ADGA Nº 431.954/99.
Art. 8º [/b]— Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 8705.90.90 a la
siguiente mercadería: Vehículo automóvil con doble motorización
(eléctrica/diesel) y tracción 4 x 4 en el que se encuentra permanentemente
montado un equipo para la proyección de hormigón, que dispone de: grupo de
bombeo de 3 m3/h a una presión de 90 bar, equipo de dosificación de aditivos
acelerantes, brazo articulado de distribución y tablero de control con comando
a distancia, conforme Criterio de Clasificación Nº 258/99 recaído en la
actuación ADGA Nº 432.791/99.
Art. 9º [/b]— Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 8543.89.99 a la
siguiente mercadería: Tarjeta generadora de códigos de dígitos mediante
algoritmo interno, los cuales son utilizados para acceder a máquinas
automáticas de tratamiento o procesamiento de datos, conforme Criterio de Clasificación
Nº 259/99 recaído en la actuación ADGA Nº 436.955/99.
Art. 10. [/b]— Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 8525.30.20 a la
siguiente mercadería: Cámara de televisión en blanco y negro con sensor de
imagen CCD, de 795 x 595 píxeles activos, sensibles a intensidades de
iluminación superiores o iguales a 0,03 Lux, conforme Criterio de Clasificación
Nº 260/99 recaído en la actuación ADGA Nº 439.244/99.
Art. 11. [/b]— Regístrese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL para su publicación y publíquese en el Boletín de la DIRECCION GENERAL
DE ADUANAS. Remítase copia al COMITE TECNICO Nº 1, ARANCELES, NOMENCLATURA Y
CLASIFICACION DE MERCADERIAS de la COMISION DE COMERCIO DEL MERCOSUR y dése al
autoarchivo por la División Clasificación Arancelaria hasta la publicación de
la Resolución General que incorpore a la normativa aduanera la pertinente
Directiva emanada de la citada Comisión. — Carlos Silvani.
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