Administración Federal de Ingresos Públicos
FACTURACION Y REGISTRACION
Resolución General 837/2000
Procedimiento. Emisión de comprobantes. Controladores Fiscales. Resolución General Nº 4104 (DGI), texto sustituido por la Resolución General Nº 259 y sus modificaciones. Nómina de equipos homologados y empresas proveedoras autorizadas.
Bs. As., 5/5/2000
VISTO el régimen de emisión de comprobantes mediante el empleo de Controladores Fiscales, establecido por la Resolución General Nº 4104 (DGI), texto sustituido por la Resolución General Nº 259 y sus modificaciones, y
CONSIDERANDO:
Que conforme a lo dispuesto por el Apartado C del Capítulo XI del Anexo I de la referida norma, este Organismo debe homologar, mediante el dictado de una Resolución General, los equipos que resulten aprobados para su comercialización, e informar las respectivas empresas proveedoras autorizadas.
Que el mencionado pronunciamiento es indicativo del cumplimiento de los requisitos y condiciones que han reunido los Controladores Fiscales que se homologan —cuya aptitud surge del análisis de los Informes de Evaluación Técnica del Instituto Nacional de Tecnología Industrial—, y de la constitución de los avales requeridos a las empresas proveedoras inscriptas, por la Resolución General Nº 4104 (DGI), texto sustituido por la Resolución General Nº 259 y sus modificaciones.
Que, asimismo, durante el lapso de validez de la homologación deberán ser cumplidas las demás obligaciones previstas por el régimen.
Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección de Legislación.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7º del Decreto Nº 618, de fecha 10 de julio de 1997.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1º — De acuerdo con lo dispuesto en el Apartado C del Capítulo XI del Anexo I de la Resolución General Nº 4104 (DGI), texto sustituido por la Resolución General Nº 259 y sus modificaciones, se homologa el equipo denominado "Controlador Fiscal", cuyos datos identificatorios y empresa proveedora se detallan a continuación:
MARCA |
MODELO |
CODIGO ASIGNADO |
EMPRESA PROVEEDORA |
C.U.I.T. |
ORATOR |
2000 MF |
COB |
CERRITO 488 S.A. |
33-64751049-9 |
Art. 2º — La homologación dispuesta en el artículo anterior, así como la autorización de venta por parte de la empresa proveedora, tendrá una validez de CINCO (5) años contados a partir del día de la publicación de la presente en el Boletín Oficial, inclusive, siempre que se cumplan durante dicho plazo los requisitos establecidos por la Resolución General Nº 4104 (DGI), texto sustituido por la Resolución General Nº 259 y sus modificaciones.
Art. 3º — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Carlos Silvani.