Administración Federal de Ingresos Públicos
OBLIGACIONES IMPOSITIVAS Y PREVISIONALES
Resolución General 861/2000
Procedimiento. Vencimientos producidos los días 8 y 9 de junio de 2000. Presentación de declaraciones juradas y pago de obligaciones.
Bs. As., 13/6/2000
VISTO el vencimiento de las obligaciones de pago y/o de presentación de declaraciones juradas, establecido por las disposiciones vigentes, y
CONSIDERANDO:
Que los sucesos que son de dominio público acaecidos los días 8 y 9 de junio de 2000, pueden haber dificultado el acceso de los contribuyentes y responsables a las dependencias de este Organismo.
Que tal circunstancia, definida como un caso fortuito o de fuerza mayor, ha motivado que los sujetos obligados no puedan cumplir en tiempo y forma con sus obligaciones fiscales de presentación de declaraciones juradas y, en su caso pago, consecuentemente resulta necesario contemplar la situación expuesta.
Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección de Legislación.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7º del Decreto Nº 618, de fecha 10 de julio de 1997.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1º — Las obligaciones de presentación de declaraciones juradas y, en su caso pago, cuyos vencimientos operaron los días 8 y 9 de junio de 2000, se considerarán cumplidas en término siempre que las mismas sean efectuadas hasta el día 12 de junio de 2000, inclusive.
Art. 2º — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Carlos Silvani.