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ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS






[b] ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Nota Externa Nº 59/2006

Asunto: Publicación de Valores Criterio de carácter preventivo.

Bs. As., 3/11/2006

VISTO la actuación Nº 13707- 112 -2006 y la Resolución General Nº 1907 por la que se prevé que la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS comunicará los valores criterio de carácter precautorio, establecidos para enfrentar la evasión fiscal y combatir las prácticas de subfacturación en la importación de mercaderías.

Que, en función de las prioridades surgidas de las tareas de evaluación de riesgos que efectúa la Subdirección General de Control Aduanero, se ha realizado un estudio referido al valor de la mercadería detallada en el Anexo I, en el que se han considerado fuentes de información internas y externas previstas en el Anexo IV punto I) de la Resolución General Nº 1907.

Que como resultado de dichos estudios, la Dirección Gestión del Riesgo, ha elaborado un informe sobre los valores criterio de determinadas mercaderías, motivando el alta de los mismos.

Que dicha Dirección ha fundamentado su informe sobre la base de datos provenientes de los registros de importaciones asentados en el Sistema Informático Maria, de los precios de exportación declarados ante las Aduanas de los Estados Miembros del MERCOSUR hacia la República Argentina, entre otros.

Que los datos en que se fundamenta el informe citado se han originado en diversas acciones impulsadas por la mencionada Dirección.

Que tal informe cuenta con la conformidad de la Subdirección General de Control Aduanero y será sometido con posterioridad a la eventual evaluación que realicen los sectores del comercio.

Que razones de inmediatez tornan necesario implementar los valores que se proponen.

Que en cumplimiento de lo establecido en el Anexo IV, punto IV) de la Resolución General Nº 1907 y en ejercicio de la facultad conferida por el Artículo 9 Apartado 2 Inciso a) del Decreto Nº 618 del 10 de Julio de 1997; se INSTRUYE:

1.- Hacer saber los valores criterio que figuran en el Anexo I (Listado de Mercaderías con valores criterio) y Anexo II (Origen de las mercaderías), establecidos en el ámbito de esta DIRECCION GENERAL.

2.- Aplicar la presente a las solicitudes de Destinaciones de Importación para Consumo que se oficialicen a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.

3.- Regístrese. Dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y publíquese en el Boletín de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. Cumplido archívese. — Dr. RICARDO ECHEGARAY, Director General De Aduanas.

ANEXO I

Listado de Mercaderías













































PANCM

Descripción

Valor FOB u$s

Unidad

Grupos de Origen

8711.20.10

Motocicleta con motor de émbolo (pistón) alternativo de cilindrada superior a 50 cm3 pero inferior o igual a 55 cm3, completa o terminada, desmontada o sin montar todavía o incompleta o sin terminar, desmontada o sin montar todavía en los términos de la R.G.I. 2 a) (CKD).

300

Unidad

Grupo 4

Motocicleta con motor de émbolo (pistón) alternativo de cilindrada superior a 50 cm3 pero inferior o igual a 55 cm3, completa, montada y terminada.

350

Unidad

Grupo 4

Motocicleta con motor de émbolo (pistón) alternativo de cilindrada superior a 75 cm3 pero inferior o igual a 100 cm3, completa o terminada, desmontada o sin montar todavía o incompleta o sin terminar, desmontada o sin montar todavía en los términos de la R.G.I. 2 a) (CKD).

400

Unidad

Grupo 4

Motocicleta con motor de émbolo (pistón) alternativo de cilindrada superior a 75 cm3 pero inferior o igual a 100 cm3, completa, montada y terminada.

470

Unidad

Grupo 4

Motocicleta con motor de émbolo (pistón) alternativo de cilindrada superior a 100 cm3 pero inferior o igual a 125 cm3, completa o terminada, desmontada o sin montar todavía o incompleta o sin terminar, desmontada o sin montar todavía en los términos de la R.G.I. 2 a) (CKD).

460

Unidad

Grupo 4

Motocicleta con motor de émbolo (pistón) alternativo de cilindrada superior a 100 cm3 pero inferior o igual a 125 cm3, completa, montada y terminada.

540

Unidad

Grupo 4



ANEXO II

Países de Origen

GRUPO 4
















































.

309 COREA DEMOCRATICA
 
309 COREA REPUBLICANA
 
310 CHINA
 
331 EMIRATOS ARABES UNIDOS
 
312 FILIPINAS
 
341 HONG KONG
 
315 INDIA
 
316 INDONESIA
 
319 ISRAEL
 
326 MALASIA
 
332 PAKISTAN
 
313 TAIWAN
 
335 THAILANDIA
 
333 SINGAPUR
 
337 VIETNAM




e. 6/11 N° 529.320 v. 6/11/2006

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