Estoy en: Foro > Fuentes > Legislación

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS




[b] ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Disposición Nº 204/2007

Estructura organizativa. Su modificación.

Bs. As., 4/6/2007

VISTO la Actuación SIGEA Nº 10118-37-2007 del Registro de esta Administración Federal, y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación citada en el VISTO, la Dirección de Personal propone que la División Servicio Médico, dependiente del Departamento Beneficios al Personal, pase a dependerle en forma directa.

Que en la citada Unidad se encara un proyecto de redefiniciones operativas y de procedimientos, enmarcados en un Programa de Salud Ocupacional que contemplará la instrumentación de diversas acciones encaminadas a mantener y mejorar las condiciones psico-físicas del personal del Organismo.

Que la medida que se propicia encuentra fundamento en la necesidad de efectuar una supervisión directa del curso del referido Programa.

Que la Subdirección General de Recursos Humanos comparte la medida de que se trata.

Que el Departamento Coordinación y Procedimientos y el Comité de Análisis de Estructura Organizacional han tomado la intervención que resultan de sus competencias.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, el suscripto se encuentra facultado para dictar la presente medida.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DISPONE:

ARTICULO 1º — Determinar que la unidad orgánica con nivel de División denominada "Servicio Médico", existente en el ámbito del Departamento Beneficios al Personal, pase a depender jerárquicamente de la Dirección de Personal.

ARTICULO 2º — Reemplazar en la estructura organizativa vigente los Anexos A36 y B36 en la parte pertinente —Disposición Nº 759 (AFIP) del 15 de diciembre de 2005— por los que se aprueban por la presente.

ARTICULO 3º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dr. ALBERTO R. ABAD, Administrador Federal.

ANEXO A36



ANEXO B36

SUBDIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

DIRECCION DE PERSONAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Dirigir, coordinar y supervisar las actividades relacionadas con la administración de los recursos humanos de la Administración Federal de Ingresos Públicos.

ACCIONES

1. Entender en la ejecución de las políticas fijadas por la Superioridad en materia de recursos humanos.

2. Supervisar el cumplimiento de las funciones de incorporación, asignación de funciones, movimientos, bajas, carrera, beneficios y control del personal del Organismo.

3. Coordinar las tareas vinculadas con la atención de urgencias médicas en los lugares de trabajo, así como la prevención sanitaria y los servicios de medicina laboral y de atención del jardín maternal para el personal.

4. Supervisar, en los aspectos de su competencia, las tareas relacionadas con la aplicación de las normas contenidas en la Ley Nº 24.557 y sus normas reglamentarias y modificatorias.

5. Atender el manejo de las relaciones internas adoptando los recaudos tendientes a optimizar la gestión de sus unidades dependientes.

6. Emitir las normas internas reglamentarias y/o de procedimiento vinculadas con los aspectos de su competencia y asegurar su adecuada difusión.

7. Entender en la proyección de actos normativos vinculados con medidas de orden general, relativas a la función de recursos humanos.

8. Participar en las tareas de enlace con el Departamento Informática de Administración, a efectos de propiciar las modificaciones de las aplicaciones informáticas del área.

9. Recibir, registrar y despachar la documentación que ingrese a la Dirección; realizar el adecuado suministro, mantenimiento y conservación de los bienes materiales; atender los asuntos inherentes a los recursos humanos de la misma y participar al área pertinente del movimiento de los fondos de la Caja Chica asignada a la Dirección.

DIVISION SERVICIO MEDICO

ACCION

Promover las acciones tendientes a mantener y mejorar las condiciones de salud del personal del Organismo y efectuar un adecuado contralor del ausentismo por causas médicas. Ejercer las funciones de auditoría respecto de los servicios médicos contratados.

TAREAS

1. Atender los servicios de medicina laboral y guardias médicas en los lugares de trabajo que se determinen.

2. Supervisar la concesión y/o seguimiento de licencias por afecciones de corto y largo tratamiento, accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, altas y declaraciones de incapacidad.

3. Supervisar la evaluación de los informes médicos de aptitud psicofísica para la incorporación de agentes al Organismo, de exámenes de salud periódicos y previos al egreso.

4. Otorgar reducciones horarias de jornada laboral, cambios de tarea y/o destino, originados en causas médicas.

5. Ejercer la función de auditoría sobre los servicios médicos contratados.

6. Intervenir en la redacción de normas de medicina laboral y preventiva.

7. Intervenir, en los aspectos de su competencia, en las tareas vinculadas con la aplicación de las normas contenidas en la Ley Nº 24.557 y sus normas reglamentarias y modificatorias. Tramitar, certificar y registrar las declaraciones de siniestros por accidentes de trabajo.

8. Elaborar y analizar las estadísticas de ausentismo por causas de enfermedad y/o accidente y todo otro dato técnico disponible, aconsejando la adopción de medidas tendientes a corregir las eventuales desviaciones que se detecten.

9. Supervisar e intervenir en las Juntas Médicas internas y externas que se dispongan para el otorgamiento de licencias o determinación de incapacidad.

10. Realizar las evaluaciones de aptitud psicofísica para autorizar la portación de armas al personal del Organismo afectado a tareas aduaneras.

11. Atender y examinar a personas detenidas en jurisdicción de la Dirección General de Aduanas.

12. Normatizar y supervisar el funcionamiento del consultorio pediátrico del Jardín Maternal.

13. Intervenir como consultores técnicos en aspectos médico-laborales y legales con el área jurídica competente.

14. Intervenir en las evaluaciones psicofísicas de los agentes a pedido de las Jefaturas de las que dependan y en los aspectos exclusivos de su competencia, determinando y orientando respecto de la necesidad de iniciar un tratamiento médico o psicológico, en los casos en que corresponda, solicitando asimismo, de considerarlo conveniente, las interconsultas necesarias con las áreas que considere oportunas.

15. Entender en el registro, control y actualización permanente de la base de datos de los sistemas informáticos de personal, en los aspectos de su competencia.

DEPARTAMENTO BENEFICIOS AL PERSONAL

ACCION

Coordinar y supervisar las tareas vinculadas con el reconocimiento de beneficios al personal de la Administración Federal de Ingresos Públicos, con el servicio de Jardín Maternal y con las relaciones con la Obra Social, el Organismo de Seguridad Social y los Entes Aseguradores.

TAREAS

1. Gestionar convenios de seguros de vida, proponiendo medidas tendientes a mejorar las condiciones de las pólizas y supervisar las tareas que de ellos deriven.

2. Supervisar y controlar las tareas relacionadas con el régimen de cargas y asignaciones familiares.

3. Entender en las relaciones con la Obra Social del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

4. Entender en las relaciones con el Organismo de la Seguridad Social, a efectos de contar con información actualizada y completa sobre las normas y procedimientos aplicables en materia previsional.

5. Supervisar el otorgamiento de beneficios al personal y/o a sus derecho-habientes, originados en la incapacidad laboral, jubilación o fallecimiento del agente.

6. Participar en la elaboración de normas internas reglamentarias y/o de procedimiento, vinculadas con los aspectos de su competencia y entender en su difusión.

7. Asistir, en los aspectos de su competencia, a la Dirección de Personal en el análisis de situaciones que se consideren controvertidas o que puedan afectar los regímenes establecidos, proponiendo los cursos de acción a seguir.

8. Supervisar el servicio de atención del Jardín Maternal para su personal.

9. Supervisar el mantenimiento y actualización permanente de los sistemas informáticos de personal, en los aspectos de su competencia.

e. 7/6 Nº 548.117 v. 7/6/2007

Administracionius UNLP

Respuestas

Derecho Apuntes de Derecho

Temas Similares a ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS