Administración Federal de Ingresos Públicos
IMPUESTOS
Resolución General 1988
Impuestos varios. Protocolo Adicional Fiscal Aduanero del Tratado de Yacyretá. Obras en la Provincia de Misiones. Exención. Régimen de compensación y/o devolución del impuesto al valor agregado y de los impuestos internos. Resolución General Nº 773 y sus modificatorias. Su modificación.
Bs. As.
, 28/12/2005
VISTO el Protocolo Adicional Fiscal y Aduanero suscripto en cumplimiento de lo previsto en el artículo XVIII, inciso c) del Tratado de Yacyretá, ratificado mediante Ley N° 20.646, y la Resolución General N° 773 y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que el mencionado protocolo adicional dispone la exención del pago de todo impuesto, tasa o contribución que grave las obras a que se refiere el mismo y que los contratistas, subcontratistas y proveedores de la Entidad Binacional Yacyretá se encuentran alcanzados por dicha franquicia en relación con los tributos trasladables a las mencionadas obras.
Que mediante la resolución general del visto, se dispusieron los requisitos y condiciones a los cuales deberán ajustarse los contribuyentes y responsables, para acceder al citado beneficio con relación a las obras comprendidas en el Anexo B del Tratado de Yacyretá cuando actúen en carácter de comitentes, aun cuando las operatorias se materialicen bajo la modalidad de reintegros y siempre que el costo de las transacciones sea soportado por la mencionada entidad binacional.
Que en virtud de ello, corresponde aplicar idéntico tratamiento exentivo a la obra detallada en el Acta Complementaria N° 4 del 17 de diciembre de 2004, denominada "Obras Construcción de viviendas e infraestructura y equipamientos comunitarios destinadas al reasentamiento de familias adicionales afectadas por el embalse de la Represa Yacyretá".
Que consecuentemente procede adecuar la Resolución General N° 773 y sus modificatorias, contemplando las obras referidas en la citada acta, mediante su inclusión en la nota aclaratoria al artículo 1°.
Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación y la Subdirección General de Asuntos Jurídicos.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, su modificatorio y sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1° — Modifícase la Resolución General N° 773 y sus modificatorias, en la forma que se indica a continuación:
- Sustitúyese en el Anexo I, la nota aclaratoria (1.1.) por la siguiente:
"(1.1.) Convenio de fecha 25 de julio de 1997, Convenio Complementario N° 1 y Actas Complementarias N° 3 de fechas 16/ 04/99 y 13/09/02. Actas Nros. 1, 2, 3 y 4 del 17 de diciembre de 2004, complementarias al texto ordenado del convenio marco celebrado entre el Gobierno de la Provincia de Misiones y la Entidad Binacional Yacyretá aprobado por la Resolución EBYCE N° 5780/04 y el Decreto N° 1084/04 del Poder Ejecutivo de la Provincia de Misiones".
Art. 2° — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto R. Abad.