Administración Federal de Ingresos Públicos
SISTEMA UNICO DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Resolución General 1744
Sistema Unico de la Seguridad Social (SUSS). Régimen Nacional de Obras Sociales. Procedimiento de excepción para el ingreso de los aportes y contribuciones determinados e intimados por las obras sociales. Pago direccionado a una obra social. Régimen de información. Resolución General Nº 1648. Su suspensión.
Bs. As., 24/9/2004
VISTO la Resolución General Nº 1648 y la sentencia interlocutoria simple dictada por el Juzgado Federal de Primera Instancia de la Seguridad Social Nº 4, y
CONSIDERANDO:
Que la citada resolución general estableció el procedimiento que deben observar los contribuyentes y/o responsables para la cancelación de los importes correspondientes a aportes y contribuciones sobre la nómina salarial con destino al Régimen Nacional de Obras Sociales, originados en deudas determinadas mediante actos de verificación, fiscalización u otros, efectuados u ordenados por las propias obras sociales, que se encuentren intimadas y/o en etapa de reclamo administrativo o judicial.
Que asimismo, dicha norma también implementó un régimen de información a cargo de las entidades sociales comprendidas en el citado Régimen Nacional de Obras Sociales, respecto de los actos de fiscalización y acciones judiciales realizados en cada mes calendario.
Que por otra parte, esta Administración Federal fue notificada de las sentencias dictadas por los Juzgados Federales de Primera Instancia de la Seguridad Social Nº 1 y Nº 4, en los autos caratulados, respectivamente, "O. S. AERONAVEGANTES Y OTROS CONTRA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS SOBRE AMPAROS Y SUMARISIMOS" y "O. S. ACTIVIDAD DE SEGUROS, REASEGUROS, CAPITALIZACION, AHORRO Y PRESTAMOS Y OTROS C/ESTADO NACIONAL - ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS S/AMPAROS Y SUMARISIMOS SEC. 2 CON MEDIDA CAUTELAR ADJUNTA", mediante las cuales se hizo lugar a las medidas cautelares peticionadas, por diversas obras sociales, en contra de las disposiciones de la mencionada Resolución General Nº 1648.
Que en tal sentido, la primera de las sentencias indicadas ordena a este organismo que se abstenga de ejecutar la referida Resolución General Nº 1648, respecto de las obras sociales coactoras de la medida cautelar dictada.
Que dicho mandato judicial es cumplido desde la fecha en que fue notificada la sentencia que lo impuso.
Que a su vez, la segunda de las sentencias aludidas ordena a esta Administración Federal, con relación a las entidades sociales alcanzadas por la medida de no innovar decretada, que se abstenga de aplicar la resolución general cuestionada, así como que implemente en forma inmediata la suspensión declarada e informe de ello a los contribuyentes y/o responsables.
Que en consecuencia, y a efectos de acatar lo instruido en esta oportunidad, cabe dictar la presente a fin de disponer la suspensión de la Resolución General Nº 1648, sólo con relación a las obras sociales coactoras de las respectivas medidas de no innovar.
Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección de Asesoría Legal y Técnica.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 7º del Decreto Nº 618, de fecha 10 de julio de 1997, su modificatorio y sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1º — Suspéndese la aplicación de la Resolución General Nº 1648.
Dicha suspensión tendrá efecto únicamente respecto de las obras sociales que se detallan en el Anexo, que se aprueba y forma parte de la presente, hasta tanto quede firme la sentencia que, en su caso, revoque la respectiva medida cautelar dictada.
Art. 2º — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto R. Abad.
ANEXO - RESOLUCION GENERAL Nº 1744
A) Juzgado Federal de Primera Instancia de la Seguridad Social Nº 1. Expediente Nº 9319/04. Autos caratulados "O. S. AERONAVEGANTES Y OTROS CONTRA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS SOBRE AMPAROS Y SUMARISIMOS".
Obra Social |
Obra Social |
de Aeronavengantes |
de Viajantes Vendedores de la República Argentina |
del Personal de la Industria Texil |
del Personal Hotelero y Gastronómico de la Unión de Trabajadores Hoteleros y Gastronómicos de la República Argentina |
de Conductores de Transporte de Pasajeros |
del Personal de Seguridad Comercial, Colectivo Industrial e Investigaciones Privadas |
Bancaria Argentina |
de Conductores Camioneros y Personal del Transporte Automotor de Cargas |
del Personal de Industrias Químicas y Petroquímicas |
para la Actividad Docente |
del Personal de la Publicidad |
del Personal de las Telecomunicaciones de la República Argentina |
del Personal de Televisión |
de Peones de Taxis de la Capital Federal |
de Docentes Particulares |
de Recibidores de Granos y Anexos |
del Personal Administrativo y Construcción y Afines |
del Personal de los Hipódromos de Técnico de la Buenos Aires y San Isidro |
de la Unión Obrera Metalúrgica de Argentina |
de Empleados Textiles y Afines la República |
B) Juzgado Federal de Primera Instancia de la Seguridad Social Nº 4. Expediente Nº 9.475/04. Autos caratulados "O. S. ACTIVIDAD DE SEGUROS, REASEGUROS, CAPITALIZACION, AHORRO Y PRESTAMOS Y OTROS C/ESTADO NACIONAL - ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS S/AMPAROS Y SUMARISIMOS SEC. 2 CON MEDIDA CAUTELAR ADJUNTA".
Obra Social |
Obra Social |
de la Actividad de Seguro, Reaseguro, Capitalización y Ahorro y Préstamo para la Vivienda |
del Personal de Carga y Descarga |
del Personal de Imprenta, Diarios y Afines |
del Personal de Panadería |
de Azulejos, Mosaicos, Graniteros, Lustradores y Porcelaneros |
de la Actividad Vial |
de los Supervisores de la Industria Metalmecánica de República Argentina |
del Personal de la Industria del Papel, Cartón y Químicos |
de Agentes de Loterías y Afines de la República Argentina |
de Modelos Argentinos |
de Encargados Apuntadores Marítimos |
del Personal de Espectáculo Público |
de Fotógrafos |
del Personal de Fábricas de Pinturas |
de la Marina Mercante |
de Trabajadores Pasteleros, Confiteros, Pizzeros, Heladeros y Alfajoreros |
de la Federación Gremial de la Industria de la Carne y sus Derivados |
del Personal de Farmacia |
del Personal de la Actividad Cervecera |
para los Trabajadores de la Educación Privada |