Administración Nacional de la Seguridad Social
SEGURIDAD SOCIAL
Resolución 557/2002
Aplicación del Sistema de Gestión de Calidad para la Unidad de Atención Telefónica (UDAT). Norma Internacional ISO 9001:2000.
Bs. As., 27/6/2002
VISTO que de conformidad con el Decreto N° 2741 del 26 de diciembre de 1991, ratificado por el artículo 167 de la Ley N° 24.241, la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), es un organismo descentralizado en jurisdicción de la Secretaría de Seguridad Social, del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de las disposiciones citadas en el VISTO, la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), en punto a las atribuciones que se desprenden como órgano de aplicación en la materia de la Seguridad Social, según el artículo 36 de la Ley N° 24.241, y disposiciones complementarias, debe conformar un plexo interactivo que permita el registro, estudio y evolución de los parámetros de las políticas desarrolladas en la ejecución de sus planes y programas.
Que su PLAN ESTRATEGICO II - 2002 - 2005, persigue una serie de objetivos programáticos de mediano y largo plazo, entre los que se destaca a la "gestión de la calidad", como una de las principales herramientas gerenciales, para avanzar en la política de satisfacción de las necesidades y expectativas de los ciudadanos, respecto de la misión y responsabilidades de ANSES.
Que la Unidad de Atención Telefónica. (UDAT), dependiente de la Gerencia de Prestaciones de este Organismo es una unidad de permanente atención al ciudadano en cuanto a orientación, asistencia y dilucidación, de tramitaciones referidas a las prestaciones y servicios de ANSES, razón por la que se constituye en un ámbito de permanente interacción con el público.
Que la Norma Internacional ISO 9001:2000, es por excelencia el instrumento idóneo y eficaz para encarar, a partir de su puesta en funcionamiento en ANSES, un "SISTEMA DE ATENCION DE CALIDAD" para la mencionada UDAT.
Que es responsabilidad primaria de la Gerencia de Planeamiento y de los referentes que operan en la órbita de su competencia, la elaboración, coordinación y ejecución del proceso de planificación, con su derivado seguimiento, para la progresiva evaluación de los resultados parciales y finales de gestión.
Que por lo expuesto, procede dictar el acto administrativo pertinente.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 2741/91 y el artículo 36 de la Ley N° 24.241.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
Artículo 1° — Institúyese la aplicación para la UNIDAD DE ATENCION TELEFONICA (UDAT) de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), del SISTEMA DE GESTION DE CALIDAD, establecido por la Norma Internacional ISO 9001:2000, de conformidad con los considerandos de esta resolución.
Art. 2° — Dispónese que la Gerencia de Prestaciones y la Gerencia de Planeamiento, definirán los mecanismos de diseño y construcción del SISTEMA DE GESTION DE CALIDAD, instituido en el artículo 1° de la presente, a los efectos de su futura certificación por parte de un organismo independiente, debidamente acreditado al efecto.
Art. 3° — Créase la COMISION DE GESTION DE CALIDAD DE LA UDAT, la cual será presidida por el Gerente General de ANSES, o integrada por representantes de la UDAT, la Gerencia de Prestaciones y la Gerencia de Planeamiento.
Art. 4° — La COMISION DE GESTION DE CALIDAD DE LA UDAT, tendrá como objetivo esencial la definición de la estrategia, la coordinación y la supervisión de las tareas de diseño y construcción del SISTEMA DE GESTION DE CALIDAD, en observancia de la Norma Internacional, ISO 9001:2000 de modo tal que, la certificación del mismo se logre en un plazo no superior a los 8 (OCHO) meses a partir de la fecha de la presente.
Art. 5° — Regístrese, publíquese, notifíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Sergio T. Massa.