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JUSTICIA
Ley Nº 23.867
Créanse el Juzgado Federal de Primera Instancia Nº 2 de la ciudad de Salta y una Cámara Federal de Apelaciones con sede en la citada ciudad.
Sancionada: Setiembre 27 de 1990.
Promulgada: Octubre 19 de 1990.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º — Créase un (1) Juzgado Federal de Primera Instancia con asiento en la ciudad de Salta, provincia de Salta, el que se denominará Juzgado Federal de Primera Instancia Nº 2 de la ciudad de Salta.
ARTICULO 2º — El Juzgado que se crea tendrá la misma competencia territorial que el actualmente existente en dicha ciudad, el que pasará a denominarse Juzgado Federal de Primera Instancia Nº 1 de la ciudad de Salta.
ARTICULO 3º — Las causas en trámite ante el actual Juzgado Federal de la ciudad de Salta, continuarán su trámite ante él hasta su conclusión definitiva.
ARTICULO 4º — Créase una Cámara Federal de Apelaciones con sede en la ciudad de Salta, provincia de Salta y jurisdicción en las provincias de Salta y Jujuy.
ARTICULO 5º — La Cámara Federal de Apelaciones que por esta ley se crea actuará como Tribunal de Alzada de los Juzgados Federales de su jurisdicción y se integrará con seis (6) miembros que actuarán divididos en dos (2) Salas.
ARTICULO 6º — Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley se financiarán con cargo a Rentas Generales.
ARTICULO 7º — Comuníquese al Poder Ejecutivo. — ALBERTO R. PIERRI. — EDUARDO MENEM. — Juan Estrada. — Hugo R. Flombaum.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTO NOVENTA.

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