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ARGENTINA TELEVISORA COLOR






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Decreto 170/99

 

Interviénese la mencionada Sociedad Anónima. Desígnase
Interventor.


 

Bs. As., 29/12/99

 

VISTO la situación económica-financiera y de gestión
existente en ARGENTINA TELEVISORA COLOR SOCIEDAD ANONIMA, y


 

CONSIDERANDO

 

Que ante tal situación resulta necesario proceder a
la reorganización de ARGENTINA TELEVISORA COLOR SOCIEDAD ANONIMA,


 

Que es imperioso además practicar un exhaustivo análisis
del estado patrimonial y financiero de la citada entidad con el objeto de poder
adoptar las medidas más convenientes para resolver el futuro de la misma.


 

Que a tal fin se estima conveniente disponer la
intervención de la mencionada sociedad.


 

Que ello es procedente en empresas y sociedades de
propiedad exclusiva del Estado Nacional, cualquiera sea su tipo o forma
jurídica.


 

Que la intervención administrativa para regularizar,
controlar, redimensionar o reorganizar entes pertenecientes al Estado Nacional
cuenta con numerosos precedentes y es aceptada por la doctrina administrativa
más calificada.


 

Que el presente acto se dicta en uso de las atribuciones
emergentes del artículo 99 inciso 1 y 7 de la Constitución Nacional.


 

Por ello,

 

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

 

Artículo 1º — Interviénese a ARGENTINA TELEVISORA
COLOR SOCIEDAD ANONIMA, por el plazo de 180 (ciento ochenta) días a partir de
la fecha del dictado del mismo y renovable hasta tanto se regularicen las
situaciones que dieron origen a la presente medida.


 

Art. 2º — Desígnase Interventor en
ARGENTINA TELEVISORA COLOR SOCIEDAD ANÓNIMA a D. Juan Carlos ABARCA (M. I. Nº
4.424.880), quien desempeñará las funciones del Directorio, correspondiéndole
los honorarios equivalentes al actual Presidente de la mencionada sociedad, y actuará
dando cumplimiento a las instrucciones que le imparta el PODER EJECUTIVO
NACIONAL, a través de la SECRETARIA DE CULTURA Y COMUNICACIÓN de la PRESIDENCIA
DE LA NACION.


 

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — DE LA RUA. —
Federico T. M. Storani.




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