Hola gente
El caso que planteo me vino por una consulta familiar. No es teorico, y no encuentro una solucion que me cierre.
A es titular registral de un vehículo.
A vende a B el vehículo mediante instrumento privado.
Como consecuencia de la no realización del tràmite de transferencia, A denuncia de venta a B.
Posteriormente B vende el vehículo a C, sin realizar ningun instrumento privado de venta, por lo que hoy el vehículo lo posee C.
Lo que quiero lograr es resguardar la responsabilidad de B ante el uso que hace C del vehículo.
No es posible que B realice denuncia de venta pues no es titular registral.
Como consecuencia de la denuncia de venta que realizo A contra B, B es obligado (conforme art. 27 in fine decreto ley 6582/58) por los tributos, multas, y todo suceso relacionado a la responsabilidad extracontractual respecto del vehículo.
¿Que puedo hacer para resguardar a B?
A y C no acuerdan realizar la transferencia.
Lo único que se me ocurrio es intimar por carta documento a C para que realice la transferencia, pero ¿intimo a titulo de que?
Cualquier respuesta es bienvenida
Saludos
Capitulo V
Igual llamando a la dnrpa o algun registro seccional que por lo general te dicen que tenes que presentar y todo eso...
saludos