Auctoritas patrum era la facultad que tenía el Senado de ratificar o de rechazar las decisiones de los comicios.
AUCTORITAS PATRUM
Era la facultad para rechazar las decisiones de las asambleas populares. En un principio se prestaba después del acuerdo de los comicios. Más tarde se dictó una ley, lex publilia Philonis de patrum auctoritates (339 a.C.), estableció que la auctoritas debía presentarse 15 días antes la votación de los comicios convirtiéndose en una propuesta de voto. En el apogeo de la República la auctoritas patrum se convertiría en una probación formal.
AUCTORITAS PATRUM
Era la facultad para rechazar las decisiones de las asambleas populares. En un principio se prestaba después del acuerdo de los comicios. Más tarde se dictó una ley, lex publilia Philonis de patrum auctoritates (339 a.C.), estableció que la auctoritas debía presentarse 15 días antes la votación de los comicios convirtiéndose en una propuesta de voto. En el apogeo de la República la auctoritas patrum se convertiría en una probación formal.
Saludos.