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AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR




AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
Resolución N° 69/2005
Bs. As., 30/8/2005
VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear Nº 24.804, las instrucciones impartidas por el MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION en relación al proyecto de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2006, y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 24 de la Ley mencionada en el VISTO establece que la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR confeccionará anualmente un proyecto de presupuesto general de gastos que será publicado y del cual se le dará vista a los sujetos obligados al pago de tasa regulatoria prevista en el Artículo 26 de esa Ley, quienes podrán formular objeciones fundadas dentro del plazo de TREINTA (30) días hábiles de tal publicación.
Que los niveles presupuestarios informados por la SUBSECRETARIA DE COORDINACION de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, para la elaboración del Proyecto de Ley de Presupuesto para el ejercicio 2006 asignados a esta AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR por la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, fueron distribuidos a nivel de inciso respetando la fuente de financiamiento, en la forma más adecuada para mantener la capacidad operativa de esta AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR.
Que también el Artículo 26 de la referida Ley, fija que los licenciatarios de una autorización o permiso, o personas jurídicas cuyas actividades están sujetas a la fiscalización de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR abonarán anualmente y por adelantado, una tasa regulatoria a ser aprobada a través del Presupuesto General de la Administración Nacional.
Que para dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 24 de la Ley citada anteriormente, se hace necesario aprobar y dar a conocer el proyecto de presupuesto general de gastos para el ejercicio 2006 de esta AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR.
Que el Directorio en su reunión de fecha 4 de agosto de 2005 (Acta Nº 13/05) consideró el referido proyecto de presupuesto general de gastos y el monto de la tasa regulatoria a proponer al PODER EJECUTIVO NACIONAL, que señala el Artículo 26 de la Ley mencionada precedentemente.
Por ello y de acuerdo a lo establecido en los Artículos 22 inciso d), 24 y 26 de la Ley Nacional de la Actividad Nuclear Nº 24.804
EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
RESOLVIO:
ARTICULO 1º — Aprobar el proyecto de presupuesto general de gastos y la estimación de recursos para el ejercicio 2006 de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR, según el siguiente detalle:









































GASTOS

 

Inciso 1 – Gastos en Personal

13.625.000,00

Inciso 2 – Bienes de Consumo

595.000,00

Inciso 3 – Servicios No Personales

3.729.000,00

Inciso 4 – Bienes de Uso

1.700.000,00

Inciso 5 – Transferencias y Becas

5.745.000,00

Inciso 9 – Erogaciones Figurativas

310.000,00

TOTAL

25.704.000,00

RECURSOS

 

Aportes del Tesoro Nacional

19.054.000,00

Recursos Propios

4.850.000,00

Transferencias Externas

1.800.000,00

TOTAL

25.704.000,00


ARTICULO 2º — Fijar la distribución del proyecto de presupuesto general de gastos señalado en el Artículo 1º, por Actividades y Proyectos según el detalle que como Anexo forma parte integrante de esta Resolución.
ARTICULO 3º — Proponer al PODER EJECUTIVO NACIONAL, que el monto de la tasa regulatoria para el ejercicio 2006 sea de PESOS CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 4.850.000), que se integrarán por PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS MIL ($ 3.600.000) a ser abonados por la empresa NUCLEOELECTRICA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA (NASA) y por UN MILLON DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 1.250.000.-) a ser abonados por los restantes licenciatarios y usuarios de material radiactivo.
ARTICULO 4º — Proponer al PODER EJECUTIVO NACIONAL que el valor de la hora regulatoria que resulta de lo establecido en el Régimen de Tasas por Licenciamiento e Inspección vigente para el ejercicio 2006 sea igual a SETENTA Y SEIS PESOS CON NOVENTA CENTAVOS POR HORA REGULATORIA (76,90 $/hora regulatoria).
ARTICULO 5º — Comuníquese lo actuado a la SECRETARIA GENERAL, a la UNIDAD DE PLANIFICACION Y PROSPECTIVA y a la GERENCIA DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS. Dése, en cumplimiento del Artículo 24 de la Ley Nacional de la Actividad Nuclear Nº 24.804 a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el BOLETIN OFICIAL, publíquese en el BOLETIN de este Organismo y archívese en el REGISTRO CENTRAL. — Dr. RAUL OSCAR RACANA, Presidente del Directorio.
ANEXO A LA RESOLUCION Nº 69/05

e. 28/10 N° 495.678 v. 28/10/2005

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