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Avanza en el Senado el proyecto de ley sobre "Canon digital"


Imagen senado

Avanza en el Senado un proyecto polémico que prevé aumentos en discos compactos y DVD´s grabables, memorias de USB y celulares que reproduzcan mp3, entre otros dispositivos tecnológicos.
Se trata del proyecto S-3732/10 que lleva la firma del presidente del bloque de senadores del Frente para la Victoria, Miguel Ángel Pichetto y el senador del Partido Socialista, Rubén Giustiniani. Hoy la comisión de Legislación General lo tratará en el Senado y puede sufrir modificaciones conforme avanza en la labor parlamentaria.
A través de esta iniciativa, que se conoce con el nombre de canon digital, se busca aplicar un impuesto o cargo extra sobre la compra de cualquier producto electrónico o insumo que pueda ser utilizado tangencialmente para copiar contenido protegido por leyes de propiedad intelectual.
Los defensores del proyecto argumentar que es una compensación para autores, editores, productores y artistas que se ven sometidos a pérdidas dada la amplia difusión de materiales que posibilitan generar copias de sus obras.
Los detractores presentan batalla y dicen que se encarecerán los dispositivos tecnológicos sólo para recaudar más impuestos y que esta medida sólo busca “criminalizar a toda la sociedad”. Además consideran que se trata de “un avance abusivo de las entidades de derecho de autor” y las corporaciones internacionales”. Muchos anuncian que no prosperara, tal como sucedió en España.
Dice el artículo 12 del proyecto:
Los equipos, aparatos y soportes materiales de reproducción sujetos al pago de la remuneración, así como el importe que deberá satisfacer cada deudor por cada uno de ellos son los que se indican a continuación:
a. Grabadora de discos compactos y/o versátiles y/o Blu-ray (CD/DVD/Blu-ray): 10%
b. Discos compactos y/o versátiles y/o Blu-ray, regrabables o no regrabables (CDR/CDRW/DVR/DVDRW/Blu-ray): 75%
c. Memorias USB y otras tarjetas de memoria no integradas en otros dispositivos: 5%
d. Discos duros integrados o no en un equipo, idóneos para la reproducción o almacenamiento de videogramas y fonogramas: 10%
e. Equipos decodificadores de señales de televisión, idóneos para la reproducción o almacenamiento de videogramas y fonogramas: 10%
f. Dispositivos reproductores de fonogramas, videogramas o de otros contenidos sonoros, visuales o audiovisuales en formato comprimido: 10%
g. Teléfonos móviles con funcionalidad de reproducción de fonogramas en formato comprimido: 1%
"Los presentes aranceles son de carácter porcentual, aplicables sobre el precio de venta al público. El valor de venta de precio al público se tomará de acuerdo con el valor de referencia de mercado, y en caso de no contarse con información fidedigna del mismo, a los fines de la aplicación de las tarifas establecidas en la presente ley, se realizará aplicando un cincuenta por ciento (50%) del valor de venta mayorista del producto o dispositivo".
Las entidades encargadas de la recaudación, administración y distribución de la remuneración serán: Sociedad Argentina de Autores y compositores de Música (SADAIC), Sociedad General de Autores de la Argentina (ARGENTORES), Asociación Argentina de Intérpretes (AADI), Sociedad Argentina de Gestión de Actores Intérpretes (SAGAI), la Cámara Argentina de Productores de Fonogramas y Videogramas (CAPIF) y Directores Argentinos Cinematográficos (DAC).


Acá podés acceder al proyecto completo.


FUENTE: TN.com.ar

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