Hola Porfis.. mañana rindo y tengo una duda importante, ayudenme........
si a un sr. le intentan trabar embargo sobre sus bienes muebles (cualquier acreedor) que se encuentran en su domicilio. Al diligenciarse la medida, el sr. le indica a su acreedor que en una computadora que tiene en su poder y se encuentra en su domicilio, el embargo no podrá efectivizarse porque la cosa no es suya, y la tiene en carácter de acreedor prendario de otra persona, sin indicarle nada mas. Pese a la advertencia verbal del sr., su acreedor hace caso omiso, aduciendo que la ley lo faculta a diligenciar la medida cautelar ordenada, y traba efectivamente el embargo. quiero saber si el embargo estuvo bien efectivizado y si el Acreedor del Sr. obró acorde a derecho.
Desde ya Gracias- Natalia - UNC
es simplemente una medida caulterar, o en un juicio ejecutivo?
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"Como será de noble este país que tenemos quinientos años de estar tratando de acabar con el, y todavía no lo logramos"