Hola gente necesito que me den una mano con respecto a las diferencias de participacion en la pluralidad eventual de agentes con el encubrimiento q es un delito autonomo y sus respectivos efectos porque el miercoles tengo la mesa de penal 1 y me habia quedado flojo ese tenma.Desde ya muchas gracias por el aporte
Y el encubrimiento es un delíto autónomo, regulado en la parte especial del código, con una escala penal propia que no se relaciona con la penalidad del delíto cometido...
Es importante recordar que el encubrimiento es posterior al hecho delictivo y no afectado a una promesa anterior, en tal caso constituye complicidad en el grado que corresponda...