PRIMERA PARTE
Aclaración: En relación con esta parte, no es necesario que realice extensos desarrollos. Sea concreta y específica, respondiendo lo esencial de la pregunta, con una breve explicación cuando sea procedente.
PREGUNTA 1: Analice las obligaciones de "mancomunación simple y solidaria" y responda las siguientes preguntas. 1 PUNTO
a.- ¿Qué dispone el código civil acerca de los efectos de la sentencia dictada en el juicio entre el acreedor y uno de los codeudores solidarios, respecto de otro codeudor solidario?
b.- ¿Qué dispone el código civil acerca del supuesto de insolvencia de uno de los co-deudores solidarios?
c.- ¿Cuál es el principio que organiza el cumplimiento de las obligaciones de mancomunación simple cuando hay varios deudores, y en qué onsiste?
PREGUNTA 2: Analice las Obligaciones de Hacer y responda las siguientes preguntas: 1 PUNTO a.- En caso que el deudor no cumpla con la prestación: ¿tiene facultad el acreedor para exigir la ejecución forzada (mediante la compulsión física) por parte del acreedor? ¿Existe alguna diferencia al respecto con las obligaciones de dar?
Como el acreedor esta impedido de hacerse justicia por mano propia, el art. 505, inc 1 del C.C, solo lo autoriza a " emplear los medios legales , a fin de que el deudor le procure aquello a que se esta obligado". En las obligaciones de dar, cuando la ejecución forzada es viable, no hay impedimento en el ejercicio de violencia personal: el caso del desalojo por la fuerza publica del inquilino obligado a dar para restituir al dueño.
b.- ¿Cuál es la relevancia jurídica de la distinción entre las prestaciones de hacer intuita personae y las fungibles?
c.- ¿Qué criterios se aplican para decidir si una prestación de hacer debe ser considerada de medios o de resultado?
PREGUNTA 3: Analice la teoría general del incumplimiento y responda las siguientes preguntas. 1 PUNTO a.- Explique en qué consiste el incumplimiento absoluto o definitivo y cuándo se configura.
b.- ¿En el caso de cumplimiento defectuoso de una prestación de hacer, tiene el acreedor derecho a hacer destruir lo que se hizo defectuosamente? Si considera que sí lo tiene, con qué límites?; si considera que no lo tiene, cuál es el fundamento de ese impedimento?
c.- Explique cuál es la solución jurídica adecuada y consistente, para el caso de una prestación de dar, que se considera como prestación de resultado, en la cual se produce un incumplimiento definitivo y el deudor prueba que "de su parte no hubo culpa"
d.- Explique en qué casos la ocurrencia de un "caso fortuito" no es suficiente para liberar al deudor de las consecuencias de la falta de cumplimiento de la prestación
.
Cuando el deudor hubiere tomado a su cargo las consecuencias del caso fortuito. Cuando el caso fortuito hubiere ocurrido por la culpa del deudor (sí el caso fortuito fue provocado por la culpa -o por el dolo- del deudor). Cuando el deudor ya estaba en mora al producirse el caso fortuito (si el deudor es moroso debe asumir todos los riesgos, ya que si el hubiera cumplido a termino el caso fortuito posterior no tendría importancia). Cuando la ley pone a cargo del deudor el caso fortuito.
UNIVERSIDAD DE PALERMO
CURSO: OBLIGACIONES
FECHA DEL EXAMEN: 14 DE JULIO DE 2010
SEGUNDA PARTE
EL CASO DE LA ESTATUA
El 5 de enero de 2010 la señora "Carla Lamillo" contrata a la artista plástica "Daniela Cincel" el diseño y realización de una escultura de Diego Armando Maradona en el jardín de su casa ubicada en el barrio cerrado "El Candado de Pilar". El contrato establece, básicamente las siguientes las siguientes: - la escultura deberá ser tener una altura de 5 metros y estar realizada íntegramente con material reciclado…(y otra serie de especificaciones técnicas, relativas al color, orientación espacial, y cosas por el estilo).
- el diseño de la escultura deberá ser aprobado por Lamillo.
Lamillo pagará a Cincel U$S 20.000 por la obra, de la siguiente manera: un 30 % a la firma del contrato 20 % una vez aprobado el diseño; un 20 % a los treinta días posteriores a la aprobación del diseño y un 30 % al finalizarse la escultura. 1.- IMAGINE Y RESPONDA Luego de la decepcionante actuación argentina en el mundial, Cincel presenta un proyecto de estatua en la, se cumplen todas las especificaciones previstas en el contrato, sólo que Maradona aparece representado en una apariencia denigrante (como un diablo) y en una pose denigrante (inhalando cocaína que cae de una copa del mundo). Tendría Lamillo derecho a rechazar el diseño?. Tendría Lamillo derecho a considerar que Cincel ha incurrido en cumplimiento defectuoso?. Por el contrario, tendría Cincel derecho a exigir el segundo pago?. Escriba un análisis jurídico de la situación demostrando que conoce y puede aplicar los principios y reglas sobre la "prestación", la determinación de lo que debe el deudor y cómo cumple con su plan de prestación. 1 PUNTO 2.- IMAGINE Y RESPONDA En marzo de 2010 Cincel presenta el proyecto, Lamillo lo aprueba, le hace el pago pertinente y cuando Cincel comienza con la escultura las autoridades de "El Candado de Pilar" le envían una carta a Lamillo avisándole "les informamos que, de acuerdo al estatuto que regula la vida social en el barrio, y que fuera aprobado por la asamblea del barrio en febrero de este año 2010 está prohibido en todo sector del barrio la construcción de esculturas". Usted es abogado/a de Lamillo, cómo encuadraría jurídicamente la situación descripta a fin de defender el interés de su cliente para poder extinguir la relación obligacional sin tener que indemnizar a la contraparte. Debe demostrar en su respuesta que maneja las instituciones vinculadas al cumplimiento e incumplimiento de las obligaciones, de manera de utilizarlas interpretativamente. 1 PUNTOS 3.- RESPONDA: 2 PUNTOS 3.1.- Volviendo a la obligación originaria, tal como fue descripta en el relato del caso: ¿tendría Lamillo derecho a cumplir su prestación pagando con pesos argentinos? 3.2.- Otra vez, situándonos en el relato original del caso, imagine que Cincel presenta el proyecto o diseño, y que Lamillo lo aprueba, por lo que corresponde que se realice el segundo y el tercer pago previsto; pero imagine que Lamillo no paga nada. Qué tipo de reglas de la mora se aplicarían para el segundo y tercer pago previstos (bajo qué condiciones Lamillo quedará en mora en relación con el segundo y con el tercer pago, es necesaria interpelación, etc.)? Fundamente su respuesta con base en las reglas del código civil y las interpretaciones doctrinarias. Asegúrese de dar su respuesta encuadrando las prestaciones analizadas en las categorías que la doctrina y el código civil tienen para las distintas obligaciones, en relación con la mora. 3.3.- Imagine ahora que Lamillo adeuda (por no haber pagado) el último pago a Cincel. A su vez, imagine que Cincel nunca había entregdo a Lamillo una pintura que le había encomendado y pagado Lamillo (por U$S 3.500), un año antes, y que todavía no entregó (Lamillo nunca resolvió dicho contrato, sino que seguía pidiendo la pintura). Procede la compensación legal entre las deudas existentes en ese momento? ------------------------------------------------------------------------ EL CASO DE LA TRANSACCIÓN La empresa "XXX S.A." mantenía una dura controversia comercial con la Sra. Juana de Arco. Tan dura era la controversia que el presidente de la empresa "XXX S.A." denunció penalmente a Juana por el delito de estafa, a la vez que Juana demandó a la empresa "XXX S.A." por indemnización de daños y perjuicios por $ 500.000 derivadas de un contrato que habían tenido tiempo atrás. En un momento dado, probablemente cansados de la escalada del conflicto, las partes comienzan una negociación tendiente a poner fin a dicho conflicto, y lo hacen mediante el siguiente acuerdo transaccional: "En la ciudad de Buenos Aires, a los 22 días del mes de junio de 2010, entre Juana de Arco, y la empresa "XXX S.A.", representada por su presidente, designado en el acta de constitución de la empresa, convienen en celebrar el siguiente acuerdo: Las partes convienen que la empresa "XXX S.A." dejará sin efecto su denuncia penal contra Juana de Arco. A su vez, las partes convienen que la empresa paga –en este mismo acto- a Juana de Arco, la suma de $ 10.000, y Juana desistirá (es decir, dejará sin efecto) de su reclamo de daños y perjuicios contra "XXX S.A.". RESPONDA LAS SIGUIENTES PREGUNTAS: 3 PUNTOS 1.- Analice el acuerdo transaccional y exprese si es válido o nulo en relación con la capacidad de los otorgantes, y al objeto de la transacción, de acuerdo con las reglas del código sobre este tema 2.- De acuerdo a las reglas del código civil: ¿podría la empresa pagar la obligación establecida en el acuerdo con dólares (con la cantidad de dólares exacta equivalente a $ 10.000)? Podría Juana rechazar dicho pago?: Exprese su respuesta aplicando las reglas y principios relativos a obligaciones de dar sumas de dinero y las reglas y principios relativos al pago.3. Imagine, por el contrario, que el acuerdo transaccional es cumplido por la empresa (la empresa paga a Juana) pero luego es anulado por un juez (por algún vicio), por lo que se ordena a Juana devolver el dinero recibido a la empresa, en virtud de los principios de la nulidad. Sin embargo Juana de Arco manifiesta, y prueba que "empleó el dinero, los 10.000 en su vida diaria –durante varios meses- y que por más que ha intentado esforzadamente juntar dicho dinero para cumplir la sentencia no ha podido hacerlo, y sólo tiene $ 7.000". Evalúe dicho incumplimiento (qué clase de incumplimiento es) y su imputabilidad o inimputabilidad, de acuerdo a los principios, teorías y reglas del derecho civil argentino, y responsa si Juana tiene derecho a pagar sólo 7.000 o si debe pagar los 10.000. En caso que debiera pagar los 10.000, qué facultades jurídicas tendrá la empresa para proteger su crédito si Juana sólo paga voluntariamente 7.000?
Es una critica constructiva
Saludos.