Hola! Tengo una duda sobre un caso de la practico civil de la facultad.El tema escuetamente es asi.
Juan X contrato una poliza de seguro automotor con la compania "la patronal" amaparado por robo y hurto que pudiese sufrir el vehiculo FOrd K,que es titularidad de su conyuge Yolanda Z.
Dias despues ocurre el robo de la unidad y Yolanda Z denuncia el siniestro y reclamo de la indemnizacion.Ante el silencio de la aseguradora,la demando para obtener dicha indemnizacion.
Al contestar la demanda la aseguradora opuso la excepcion de falta de legitimacion activa señalando que quien habia demandado no era titular del contrato de suguro.Se pregunta:
1-la excepcion puede ser resuelta como de previo y especial pronunciamoento?
2-Considera que la excepcion resulta procedente?
Bueno desde ya gracias.Saludos!!
Saludos