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AYUDA S/ UN CASO REAL


hola queria que me ayuden con esto: un hombre conocido mio me pregunto lo siguiente: el tiene 5 hermanos todos fallecidos ya, y el es el unico que cuida la casa de los padres tb ya fallecidos. el cuida la casa y ademas tiene en ella un taller donde trabaja. el tema es el siguiente, sus padres los dueños de la casa fallecieron y no se hizo la sucesion.los hermanos de este hombre tb fallecieron pero algunos de ellos tienen hijos, a los cuales tb les corresponde esa casa porque tienen derecho. ahora este hombre que es el unico vivo que queda le pregunto a los sobrinos si querian hacerse cargo de la casa si la querian y ninguno de los sobrinos la quiere. Ahora este hombre es el unico vivo que queda y como esta grande de edad me pregunto si el puede debido a la falta de interes de los sobrinos por esa casa ya que hace mas de 14 años que los padres de el fallecieron, este hombre puede regalar esa casa a su nieta. necesito que me ayuden, gracias

pupi UNLP

Respuestas
UNLP
pupi Cursando Ingreso Creado: 21/01/08
osea: este hombre en principio no podria disponer de la casa ya que el es el unico hijo vivo pero sus hermanos como tb el tuvieron hijos.Ahora yo les quiero preguntar: este hombre a pesar de ser un heredero legitimo como en principio para disponer de la casa se deberia iniciar la sucesion, puede alegar que los sobrinos demostraron un total desinteres por la casa ya que debido a mas de 10 años nunca se acercaron a la casa, y este hombre fue el unico que cuido de la misma? ademas pregunto se podria no iniciar la sucesion y directamente iniciar un juicio de usucapion debido a que hace mas de 10 años independientemente de que el es heredero legitimo, tiene la posesion de la casa y asi el de este modo quedar como el unico dueño de la casa y despues regalarsela a su nieta???? espero alguna ayudita ya que este hombre esta grande y enfermo y quiere resolver esto gracias

Sin Definir Universidad
JoseSantiagoMarano Usuario VIP Creado: 21/01/08
Le va la prescripcion de veinte años, no la de 10.

UNLP
pupi Cursando Ingreso Creado: 21/01/08
Bueno gracias Santiago por la ayudita, ahora el juicio de usucapion se puede iniciar independientemente de la sucesion, no? osea sin hacer la sucesion? gracias

UNLP
Nadia Moderador Creado: 22/01/08
pero por mas que el hombre en cuestion haya vivdo en la casa por mas de la cantidad de 10 que mencionas, para un juicio de usucapion necesitas demostras mas que ese simple hecho y que los hijos de sus hermanos tenian desinteres en esa casa. hecho que tampoco importa para la sucecion, sino hay renuncia a la herencia..... a lo sumo le reconocen las mejoras si tuvo pero nada mas...

Sin Definir Universidad
JoseSantiagoMarano Usuario VIP Creado: 22/01/08
Art. 4.015. Prescríbese también la propiedad de cosas inmuebles y demás derechos reales por la posesión continua de veinte años, con ánimo de tener la cosa para sí, sin necesidad de título y buena fe por parte del poseedor, salvo lo dispuesto respecto a las servidumbres para cuya prescripción se necesita título.

Art. 4.016. Al que poseído durante veinte años sin interrupción alguna, no puede oponérsele ni la falta de título ni su nulidad, ni la mala fe en la posesión.

Lo que tenes que demostrar es la posesión continua de veine años y el animo de tener la cosa para si, por ejemplo por algun acto posesorio (doctrina del art. 2.384). La innacción de los sobrinos no tiene ninguna consecuencia legal, en el sentido anteriormente expuesto, pero al menos sabes que no interrumpieron la prescripcion.

UNC
RAB Usuario VIP Creado: 01/02/08
Veo muy dificil la usucapion por un monton de cuestiones sobre posesion mezcladas con lo sucesorio, la legitima etc etc y tendria que poner a explicar sucesiones etc, etc,. y que es largo de explicar, y complicado etc,,, fijate en vez de hablar de un juicio sucesorio, si es que todos estan de acuerdo los sobrinos etc, abrir la declaratoria solamente y hacer un acuerdo alli mismo me refiero a la renuncia de los sobrinos y ahi nomas un adelanto de herencia o renuncia de su hijo asi por representacion va la nieta, pero ojo si hay menores que debe intervenir el Ministerio, etc, ojo con si hay acreedores, etc. ojo si tienen varios hijo o nietos. oseas que no es algo simple y son muchas datos los que faltan en tu post
Lo mejor es hablar con un abogado que haga sucesiones y anda hablando a los parientes y buscando las partidas de nacimiento y de defunciones, etc, para ahorrar tiempo.

UCALP
karem27 Ingresante Creado: 03/02/08
Lo más adecuado según mi opinión sería hacer la sucesión y luego de obtener la declaratoria de herederos, presentar un escrito firmado por los hijos de los hermanos manifestando que renuncian a la herencia. Recién ahí y con la autorización del juez inscribir el bien a nombre del señor y que este cuando eso se haya hecho donarselo a la nieta.

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