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Ayuda Sociedades Comerciales


Hola!

Bueno, les queria pedir ayuda con unas consignas, de sociedades de hecho y las constituidas irregularmente. Necesito orientacion para poder contestar, ya que hay algunas que no logro encontrar y otras que no comprendo bien.

1) Cuándo es procedente el reintegro del capital a los socios integrantes en una sociedad irregular?

A mi parecer, solo es procedente cuando se pide la regularizacion de la sociedad y uno de los socios se niega a ella, pidiendo su exclusion. (art 22, Ley 19550).

2) Cómo caracterizaría a una sociedad que fuera constituida regularmente y sigue operando durante años, luego del vencimiento de su plazo social?

En una sociedad constituida irregularmente si conserva la organizacion tipica de esa sociedad regular que constituyo. Aunque, creo que deberia redactar un nuevo contrato o acta constitutiva.

3) Cómo se instrumenta el sistema de control e información individual de los socios de una sociedad de hecho y de una constituida irregularmente.

En este caso, no he podido conseguir nada. La ley, en los articulos correspondientes a estas sociedades (art 22 a 26) no hace mencion de los sistemas, asi que no se a que hace referencia.


Cualquier cosa que me puedan ayudar, se los agradeceria.
Desde ya, muchas gracias

badchooice UNLP

Respuestas
Universidad Catolica Argentina
loli280986 Ingresante Creado: 15/09/11
Con respecto a la primera respuesta, hay dos opciones, la que vos decís, y la otra, cuando el socio quiera retirarse, es libre de hacerlo.
La segunda respuesta creo que no es correcta, me parece más correcto que sea una Sociedad de Hecho, porque es una sociedad que funciona sin contrato social vigente (esté registrado regulamente o no). Recorda que una sociedad de hecho no tiene contrato social y una sociedad irregular tiene contrato vigente pero no registrado.
En la tercera respuesta me parece que se refiere al sistema de control de las participaciones y de su intervención en la sociedad. En la sociedad irregular es sencillo, existe el contrato privado. En la sociedad de hecho es más dificil, creo que es todo de palabra. El mejor control en ambos casos es el fiscal, la AFIP SIEMPRE te controla. Pero puede fallar si los socios mienten.

SUERTE!!!

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