Estoy en: Foro > Material Jurídico > Adaptación Profesional (Prácticas)

Ayuda urgente!!! : Demanda y oficio judicial


Hola a todos!!!! Estoy en un problema. Tengo que hacer un tp referido a una demanda y no entiendo algunas cosas. El caso es una demanda s/ cobro ejecutivo en donde el actor se presenta por derecho propio. El despacho del juez autorizó a librar un oficio de informe para ver si el demandado trabaja en un determinado lugar, y el trabajo consiste precisamente en elaborar ese oficio. Tengo presente lo de la fecha en blanco, la palabra oficio al centro y como redactarlo en forma coincidente con los datos consignados en la demanda etc. Respecto del formato de tipo de letra, márgenes etc leí la acordada de la SC que habla de la presentación de escritos pero tengo las siguientes dudas:

* Si el actor se presento por derecho propio :
¿quién firma el oficio? ¿ el abogado solo?

¿en que parte de la hoja se consignan los datos de nombre, apellido, matricula etc. que indica el art. 1 de la mencionada acordada (2514/92) ? ¿en el encabezado? ¿despues de la fecha?


Les agradecería que si alguno sabe al respecto que me ayuden!!!

Muchas gracias!!!

Saludos

S0L UNLP

Respuestas
UNLP
ana1989 Cursando Ingreso Creado: 14/06/12
Quiero ser Abogado: Cómo presentar escritos en la justicia.

Fijate ahi que esta muy claro

UNLP
juancisneros Usuario VIP Creado: 14/06/12
Oficio (al centro)

La Plata, XX de Junio de 2012 (izquierda)

Al Sr. XXXXX
Director de XXXX
De XXXX S.A.

Tengo el agrado de dirigirme a usted en mi caracter de letrado patrocinante de la parte actora en autos "XXX c/ XXX" en tramite en el juzgado xxx.... ... ......(todo el cuerpo)
El auto que ordena la presente en su parte pertinente dice "XXXX"
Se halla autorizado para diligenciar el presente el DR. XXXX TºXXXFºXXX...

Sin mas, saluda a ud. atte.

Firma y sello (izquierda)

Ojo que fecha en blanco no va en ningun lado...

Saludos!
...Que muerda y vocifere vengadora,
ya rodando en el polvo tu cabeza.

UNLP
juancisneros Usuario VIP Creado: 14/06/12
Donde puse "izquierda" lèase "derecha"....

Saludos!
...Que muerda y vocifere vengadora,
ya rodando en el polvo tu cabeza.

UNLP
S0L Cursando Materias Creado: 14/06/12
Ok gracias!!! Lo de la fecha en blanco tiene que ver con que se completa después de ir a confronte (si el oficio no sale observado), porque hay un plazo de ocho días para diligenciarlo una vez que está librado.
Millon de gracias!!!

UNNE Derecho
mordisco1 Estudiante a Recibirse Creado: 14/06/12
El que firma el oficio es el secretario del juzgado, no firma ni el cliente ni su abogado.

El abogado presenta el proyecto, y si no sale observado, el juzgado, entrega al autorizado (abogado) para que lo presente a la entidad que debe brindar informe.

UNNE Derecho
mordisco1 Estudiante a Recibirse Creado: 14/06/12
Ver modelos de oficios en

CIVIL5 - modelos, oficio, testimonio, juzgado, sohaner, civil, comercial, juez, edicto

Sin Definir Universidad
majolab Ingresante Creado: 17/06/12
Lo de la fecha en blanco es por que la va a completar el que libre el oficio en el juzgado, nada más que por eso. saludos

UNLP
S0L Cursando Materias Creado: 18/06/12
Empezado por mordisco1

" El que firma el oficio es el secretario del juzgado, no firma ni el cliente ni su abogado.
El abogado presenta el proyecto, y si no sale observado, el juzgado, entrega al autorizado (abogado) para que lo presente a la entidad que debe brindar informe.
"

+Ver post citado
Depende de que sea el oficio, si es de una medida cautelar por ejemplo, si lo firma el juez o el secretario, pero el oficio de INFORME lo firma el abogado. inclusive a veces se cita un artículo de una normativa que ahora no recuerdo, que faculta al abogado en caracter de representante o patrocinante de la parte actora/demanda a solicitar informes!!!

UNLP
S0L Cursando Materias Creado: 18/06/12
Empezado por majolab

" Lo de la fecha en blanco es por que la va a completar el que libre el oficio en el juzgado, nada más que por eso. saludos"

+Ver post citado
Si si gracias... sabia eso. La completa el juzgado si después del confronte el oficio no sale observado.

UNNE Derecho
mordisco1 Estudiante a Recibirse Creado: 21/06/12
Empezado por S0L

"Depende de que sea el oficio, si es de una medida cautelar por ejemplo, si lo firma el juez o el secretario, pero el oficio de INFORME lo firma el abogado. inclusive a veces se cita un artículo de una normativa que ahora no recuerdo, que faculta al abogado en caracter de representante o patrocinante de la parte actora/demanda a solicitar informes!!!"

+Ver post citado
Los oficios que firma el abogado, se lo suele denominar oficios letrados, y se confeccionan por el art. 398 del CPCCBA, pero en el caso en particular que nos trae a colación, los firma el secretario conforme el art 38 inciso 2º del CPCCBA

Derecho Apuntes de Derecho

Temas Similares a Ayuda urgente!!! : Demanda y oficio judicial