Saludos!
...Que muerda y vocifere vengadora,
ya rodando en el polvo tu cabeza.
Saludos!
...Que muerda y vocifere vengadora,
ya rodando en el polvo tu cabeza.
" El que firma el oficio es el secretario del juzgado, no firma ni el cliente ni su abogado.
El abogado presenta el proyecto, y si no sale observado, el juzgado, entrega al autorizado (abogado) para que lo presente a la entidad que debe brindar informe."
" Lo de la fecha en blanco es por que la va a completar el que libre el oficio en el juzgado, nada más que por eso. saludos"
+Ver post citado"Depende de que sea el oficio, si es de una medida cautelar por ejemplo, si lo firma el juez o el secretario, pero el oficio de INFORME lo firma el abogado. inclusive a veces se cita un artículo de una normativa que ahora no recuerdo, que faculta al abogado en caracter de representante o patrocinante de la parte actora/demanda a solicitar informes!!!"
+Ver post citado
Fijate ahi que esta muy claro