el delito de peligro abstracto.. es cuando se castiga una conducta tipicamente peligrosa... por mas q no se haya logrado poner en peligro a la victima... es decir.. se castiga porque hubo peligro o un riesgo de peligro... no importa si se logro reamente crear el peligro...
Por ejemplo conducir drogado... por mas q no se haya puesto en peligro a nadie.. esa accion es PELIGROSA, POR MAS DE Q NO SE HAYA PUESTO EN RIESGO LA VIDA DE NADIE...
el delito de peligro concreto, el tipo requiere la concreta puesta en peligro del bien jurídico, el peligro concreto es el resultado típico..
Por ejemplo conducir rapidisimo y q se haya puesto en peligro a otras personas q pasaban por ahi... que se pusiere EN CONCRETO PELIGRO LA VIDA O INTEGRIDAD FISICA DE LAS PERSONAS
Carlos quiere matar a Joaquin colocándole una dosis mortal de veneno en el café,el hecho es que vierte equivocadamente azúcar en lugar de veneno.Joaquin se muere como consecuencia de un coma diabetico generado por el azúcar ingerido.Carlos desconocía que Joaquin era diabetico.¿ imputaría a Carlo el resultado muerte de pedro?en caso afirmativo a que titulo se lo imputaría.
¿considera que le cabe a Carlos otro tipo de responsabilidad penal?
Carlos quiere matar a Joaquin colocándole una dosis mortal de veneno en el café,el hecho es que vierte equivocadamente azúcar en lugar de veneno.Joaquin se muere como consecuencia de un coma diabetico generado por el azúcar ingerido.Carlos desconocía que Joaquin era diabetico.¿ imputaría a Carlo el resultado muerte de Joaquin?en caso afirmativo a que titulo se lo imputaría.
¿considera que le cabe a Carlos otro tipo de responsabilidad penal?
maria queiere matar a marina mediante la utilizacion de eneno el que va hacer efecto con la colocacion de la desima dosis que maria ira colocando dia a dia.El septimo dia luego de colocar la dosis correspondiente marina muere¿que problema plantea el caso?¿que respuesta brinda la doctrina para el supuesto planteado?
Por ejemplo conducir drogado... por mas q no se haya puesto en peligro a nadie.. esa accion es PELIGROSA, POR MAS DE Q NO SE HAYA PUESTO EN RIESGO LA VIDA DE NADIE...
el delito de peligro concreto, el tipo requiere la concreta puesta en peligro del bien jurídico, el peligro concreto es el resultado típico..
Por ejemplo conducir rapidisimo y q se haya puesto en peligro a otras personas q pasaban por ahi... que se pusiere EN CONCRETO PELIGRO LA VIDA O INTEGRIDAD FISICA DE LAS PERSONAS