Leyendo en internet encontre esta noticia y queria compartirla con ustedes, y despues EMITAN OPINION:
"Rodolfo Cámara abrió su laptop, entró en LimeWire y puso a bajar tres canciones: "Beautiful Girls" de Sean Kingston, "You Give Me Something" de James Morrison y "Happy Ending" de Mika… Minutos después, cuando estaba concentrado en elegir cuál de estos tracks le gustaba más, su padre entró en la habitación cortando el aire con una carta documento en la mano: EMI, Universal, Sony BMG y Warner lo intimaban a pagar nueve mil pesos por descargar y compartir música de sus catálogos. Así de simbólico fue el momento, tal como lo narra el propio Rodolfo. Tiene 21 años, y como otros cuatro millones y medio de usuarios en la Argentina, según fuentes de la industria, utiliza softwares como LimeWire, eMule, BitTorrent o Soulseek para conseguir gratis los discos o las canciones que le gustan. No es lo que se llama un "heavy user", un gran downloader: Apenas tenía 800 canciones, menos de diez gigas de música en su comiusdora, pero fue sorprendido como otros casi cien usuarios argentinos, según cifras de AADI-CAPIF, por la nueva y agresiva estrategia de las discográficas locales, en línea con los sellos de los Estados Unidos: perseguir a los usuarios que bajan e intercambian archivos en MP3… y hacer que paguen.
"Yo soy el primer boludo que conozco al que le pasa esto. No sé si me entendés…", dice Rodolfo después de pasar por la instancia de mediación judicial, en la que los abogados de su padre arreglaron con mediadora a cargo (Patricia Real, MJ 3147) y llegaron a un acuerdo de partes: en vez de los nueve mil pesos que reclamaban las compañías citadas, Rodolfo reconoció haber cometido un delito y pagó tres mil por la música más los honorarios de los abogados. La factura, en cuotas y a nombre de la Asociación para la Protección de los Derechos Intelectuales sobre Fonogramas y Videogramas (APDIF, especie de Secretaría Antipiratería Argentina), terminó siendo de casi cinco mil pesos por los "daños y perjuicios" ocasionados.
¿Cómo se saca la cuenta de cada demanda? Según informa el Sindicato de Autores y Compositores (SADAIC), el daño no sólo está dado por los temas que el usuario bajó y no pagó, sino porque los compartió: se proyecta sobre el número de temas incautados la cantidad de veces que esos archivos podrían haber estado al alcance de otros usuarios.
Incluso antes de que le llegara la orden judicial, los primeros días de noviembre de 2007, Rodolfo Cámara sabía que bajar y compartir discos o tracks bajados de internet era ilegal, pero de todos modos lo hacía. Algo inocente, desconocía el programa en su totalidad y, dice, nunca se enteró de que tenía abierta la opción de compartir sus carpetas, la clave de los sistemas de filesharing a través del famoso peer-to-peer o P2P, que les permite a otros navegantes tomar los discos que ya bajaste, y a vos bajar más discos, más rápido. Rodolfo clickeaba el botón de "download" alrededor de veinte veces por semana desde hacía siete meses, cuando la banda ancha de FiberTel llegó a su casa. Una de las últimas veces, alguno de los hombres de APDIF lo vio en la lista de espera virtual de LimeWire, anotó su IP (el número de navegación de la máquina) y pidió la orden del juez. Por eso, Rodolfo bien supone: "Supongo que todos mis datos se los pasó FiberTel".
En CAPIF se niegan a dar el número de personas que pusieron a cazar downloaders: "Me reservo ese dato. No queremos dar la imagen de un equipo de gurkas en una habitación llena de máquinas", aclara Javier Delupí, 33 años, el nuevo director ejecutivo de esta entidad (presidida por el productor Afo Verde) y ex encargado de la campaña antipiratería. Delupí y su equipo se convencen de que el crecimiento del downloading en el país, como ocurrió en el mundo, está directamente relacionado con la proliferación del wi-fi y la banda ancha a precio popular: la última publicidad de FiberTel promociona su oferta de tres meses a 29,90 pesos argentinos, al canto de: "Qué bolú, qué bolú…". Hasta no hace mucho, las campañas de los principales proveedores hacían explícita la cualidad de "bajar música" aun cuando no hay aquí servicios tan extendidos de download legal o son aún muy costosos. Delupí dice: "Los proveedores de internet abrieron la puerta, ahora tienen que reconocerlo y ayudarnos a cerrarla. La tecnología le dio poder al usuario y esto se convirtió en una dictadura del acceso".
Según el INDEC, en la Argentina 1,6 millones de hogares tienen banda ancha, lo que marca un aumento del 70 por ciento respecto de 2006. Según CAPIF, sólo en 2006 se bajaron 612 millones de tracks de forma ilegal, lo que suma más del doble de la venta legal de discos (ese mismo año se vendieron 17 millones de CDS). El 81 por ciento del mercado está cooptado por la piratería, el 70 por ciento son "heavy users", el 60 por ciento de ellos graban los CDS que bajan y la mitad de los artistas pirateados en la Argentina son, justamente, argentinos.
El 7 de diciembre de 1999, cuando la Corte Suprema de los Estados Unidos llevó a juicio y luego a la quiebra a Napster, el ícono del filesharing (Shawn Fanning, su creador, lo convirtió en un sitio pago y terminó declarándose en bancarrota antes de que cerrara el caso), la RIAA (Recording Industry Association of America) profundizó su tolerancia cero. Aparecieron sitios como el de Fanning por todas partes, como guerrillas digitales: KaZaA, eMule… Entonces, la RIAA empezó a perseguir a los usuarios tomando a los proveedores de internet como rehenes, con una política abiertamente punitiva y persecutoria: entre 2004 y 2007, llevó a juicio civil 26 mil causas, de las cuales 2.500 terminaron en multas tan ejemplares como exorbitantes. Como el caso de Rodolfo.
El 7 de octubre de 2007, tras una demanda iniciada por la RIAA, la Justicia de los Estados Unidos condenó a Jammie Thomas, una mujer de 32 años, a pagar 222 mil dólares por compartir veinticuatro archivos de canciones y descargar del KaZaA 1.072 tracks (en la calculadora, da 9.250 dólares por track) de Green Day, Red Hot Chili Peppers y Guns n’ Roses, entre otras bandas.
Desde fines de 2005, la RIAA viene coordinando acciones conjuntas en todo el mundo. Máspero Abogados es un estudio jurídico especializado en Derecho del Entretenimiento y Derecho de la Música que representa en la Argentina a las cuatro discográficas multinacionales (Universal, EMI, Warner, Sony BMG), a EPSA y Pop Art, además de una cartera de clientes que incluye artistas como Gustavo Santaolalla, León Gieco, Fito Páez e Iván Noble. Pablo Máspero, socio principal del estudio, es profesor de la Universidad Austral y da un postgrado de Derecho del Entretenimiento en la UBA, además de ser director de Asuntos Jurídicos de CAPIF. Dice: "Sabemos que no se puede parar un fenómeno tan grande como el download. Es lo intangible en su máxima expresión, pero no es una ciencia oculta: es un negocio que hay que aprender de nuevo. Ahora, la meta es generar conciencia… Tratamos de influir en la conciencia del usuario. Y sabemos que nuestra campaña tuvo un efecto disuasivo".
De los casi cien casos que se lle hasta el momento, un 50 por ciento llegó a un acuerdo en la mediación judicial y el usuario pagó su multa, multas que en algunos casos ascienden hasta a 12 mil pesos. Pero ésta es sólo una acción civil. Máspero mete más miedo y asegura que, si quisiera, CAPIF podría llevar esto al plano penal, con una condena de entre seis meses y seis años de cárcel, siguiendo el modelo de España. "Pero entendemos que el downloader es un comprador en potencia… queremos hablarle con el tono justo. Esto se trata de que la gente pague. Aunque sabemos que hay una bulimia del download. El usuario que baja tracks es como un gordo en un tenedor libre: no baja todo lo que compraría, ni siquiera todo lo que puede escuchar."
El filesharing o download es la primera gran revolución tecnológica social de esta década. Con mejor distribución y más oferta, los usuarios vivieron la digitalización de la música como un tiempo de bonanza: accedieron a toda la música que siempre habían querido y que, por precio o acceso, no podían tener… ¡y gratis! Algo que, en definitiva, generó una situación de inestabilidad sólo para las grandes compañías que históricamente sacaron ventaja tanto del comprador de álbumes o singles como del deal con el artista: la mayoría de los músicos que emergieron en esta década (Arctic Monkeys, Lily Allen, Calle 13, Amy Winehouse) lo lograron, velozmente, con la ayuda del filesharing y la reproducción digital de música.
Desde que Nicolas Sarkozy, el presidente de Francia y novio de Carla Bruni, instauró la "Ley Sarkozy", los servidores de internet de ese país están obligados a cortarle el servicio a todo usuario que baje y comparta música. CAPIF, SADAIC y las discográficas vieron ahí un modelo más efectivo en la lucha contra la piratería. Ahora, van por eso.
Mas allá de eso, se sabe, las restricciones legales para el usuario son muchas: el solo hecho de reproducir un álbum públicamente o grabárselo a un amigo, o aun bajarse un disco comprado legalmente a un reproductor MP3 propio, también son acciones que transitan por el lado de afuera del límite legal. Casi todos los que caminamos por las calles con auriculares blancos (símbolo de esta década musical) o reproductores MP3 (otro símbolo) o celulares que reproducen música (¡otro más!) incurrimos en alguna infracción que nos convierte en "piratas". Eso no contribuye a resolver el problema de fondo: hacer que quienes producen música (los artistas, en primer lugar; la industria) y los que la consumen obtengan lo que esperan. Sin trampas. Pero sin abusos.
Ahora una pregunta, es delito o no??, yo no comercializo , no tengo ningun fin de lucro, solo intercambio con otros usuarios musica. Hay delito?
http://www.eldial.com/suplementos/da...amara=Doctrina