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BANCO DE INVERSION Y COMERCIO EXTERIOR




BANCO DE INVERSION Y COMERCIO EXTERIOR

Decreto 2051/2004

Apruébase el Plan de Acción de Presupuesto del Ejercicio 2004 de la citada Sociedad Anónima, institución perteneciente al Sistema Bancario Oficial.

Bs. As., 31/12/2004

VISTO el Expediente N° S01:0146821/2004 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, el Artículo 26 de la Ley N° 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 1999), y

CONSIDERANDO:

Que por la norma legal mencionada en el Visto se determina que el PODER EJECUTIVO NACIONAL aprobará anualmente el Plan de Acción y Presupuesto de Gastos y Recursos de las Instituciones pertenecientes al Sistema Bancario Oficial.

Que a esos efectos es menester propiciar la presente medida, por la cual se aprueba el Plan de Acción y Presupuesto perteneciente al BANCO DE INVERSION Y COMERCIO EXTERIOR SOCIEDAD ANONIMA para el Ejercicio 2004.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades emergentes del Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y del Artículo 26 de la Ley N° 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 1999).

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1° — Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto del Ejercicio 2004 del BANCO DE INVERSION Y COMERCIO EXTERIOR SOCIEDAD ANONIMA, de acuerdo con el detalle que figura en los Anexos I y ll a la presente medida, respectivamente.

Art. 2° — Estímanse en la suma de PESOS CIENTO VEINTICINCO MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS ($ 125.687.400) los ingresos de operación y fíjanse en la suma de PESOS TREINTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS SESENTA ($ 37.978.960) los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (GANANCIA DE OPERACION) estimado en PESOS OCHENTA Y SIETE MILLONES SETECIENTOS OCHO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA ($ 87.708.440) de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo ll a la presente medida.

Art. 3° — Estímanse en la suma de PESOS CIENTO VEINTICINCO MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS ($ 125.687.400) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de PESOS OCHENTA Y CINCO MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y UN MIL DOSCIENTOS SESENTA ($ 85.491.260) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello el Resultado Económico (AHORRO) estimado en PESOS CUARENTA MILLONES CIENTO NOVENTA Y SEIS MIL CIENTO CUARENTA ($ 40.196.140) de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo ll a la presente medida.

Art. 4° — Estímanse en la suma de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS CUARENTA Y UN MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS ($ 1.441.352) los ingresos de capital y fíjanse en la suma de PESOS CATORCE MILLONES TRESCIENTOS VEINTITRES MIL ($ 14.323.000) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 3° de la presente medida, estímase el Resultado Financiero (SUPERAVIT) para el Ejercicio 2004 en PESOS VEINTISIETE MILLONES TRESCIENTOS CATORCE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS ($ 27.314.492) de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo ll a la presente medida.

Art. 5° — Dése cuenta oportunamente al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION.

Art. 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Roberto Lavagna.















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