ARTICULO 81: Vista y resolución.
Producida la prueba, se dará vista
por cinco días comunes al
peticionario y a la otra parte. (está última parte, dice q se da vista a la otra parte... para que se da vista a la otra parte? no es unilateral el beneficio?)
Se presenta demanda, el demandado contesta, pero lo hace en forma general... qué escrito interpondria el actor? Nos dijo el profesor q era un mero trámite, pero no encuentro el modelo...
Doy por supuesto que la pregunta refiere al Beneficio pedido ANTES de iniciar la demanda.