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Beneficio de litigar sin gastos


Hola! El beneficio de litigar sin gastos, para proceso de provincia de buenos aires, lleva relato de los hechos?

vero_07 Sin Definir Universidad

Respuestas
Sin Definir Universidad
facutv Cursando Ingreso Creado: 12/08/13
Si Señora. Lleva relato de los hechos (articulo 79 inciso 1. Codigo Procesal civil y comercial de Buenos Aires).

Doy por supuesto que la pregunta refiere al Beneficio pedido ANTES de iniciar la demanda.

Sin Definir Universidad
vero_07 Estudiante Intermedio Creado: 12/08/13
Sí, es para el caso q se presente antes....

ARTICULO 81: Vista y resolución.
Producida la prueba, se dará vista
por cinco días comunes al
peticionario y a la otra parte. (está última parte, dice q se da vista a la otra parte... para que se da vista a la otra parte? no es unilateral el beneficio?)

La idea es ser feliz....

Sin Definir Universidad
facutv Cursando Ingreso Creado: 12/08/13
Se trata de una vista común a efectos de que realicen alegatos sobre la prueba producida.

Recuerda que siempre la otra parte debe tener, AL MENOS, la posibilidad de fiscalizar la prueba producida por el peticionario del beneficio.

Sin Definir Universidad
vero_07 Estudiante Intermedio Creado: 17/08/13
Muchísimas gracias, Facu!!!

Te consulto algo...

Se presenta demanda, el demandado contesta, pero lo hace en forma general... qué escrito interpondria el actor? Nos dijo el profesor q era un mero trámite, pero no encuentro el modelo...

La idea es ser feliz....

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