Este miércoles, la Cámara de Diputados tendrá la primera sesión del año. Si bien 2011 estará marcado por la campaña electoral, que se coronará en las elecciones presidenciales de octubre, los legisladores consensuaron que intentarán sesionar, al menos, una vez al mes para tratar temas no conflictivos.
El presidente de la comisión de Trabajo, Héctor Recalde, confirmó que está todo dispuesto para que este miércoles la Cámara baja de media sanción al Estatuto para trabajadores de casas particulares.
El nuevo régimen apunta a equiparar los derechos de las empleadas domésticas con los del resto de los trabajadores, y ya tuvo dictamen de comisión de Trabajo y de Familia de la Cámara baja en agosto del año pasado.
Recalde, quien también es asesor legal de la Confederación General del Trabajo (CGT), calificó esta iniciativa como "una cuestión de Estado" debido a que actualiza "un decreto de 1956" y coloca en "situación de igualdad a todos los trabajadores".
De acuerdo a los datos oficiales provistos por el Ministro de Trabajo, Carlos Tomada, hay casi un millón de empleadas domésticas, de las cuales el 90% no está registrado.
El proyecto, enviado al Congreso por el Poder Ejecutivo, busca reemplazar el estatuto previsto en el decreto ley vigente desde 1956, y fue consensuado en una reunión conjunta entre las comisiones de Familia y Trabajo.
Entre los cambios, se acordó ampliar las clasificaciones de los trabajadores contemplados en la norma y se buscó mejorar la redacción de la iniciativa original.
El proyecto, que se debatirá este miércoles en el recinto, determina, además, que el Ministerio de Trabajo de la Nación será la autoridad de aplicación de la norma, algo que había sido cuestionado por legisladores de la Coalición Cívica.
En ese sentido, Recalde explicó que "no puede ser otro que la cartera laboral" la que se encargue de reglamentar la norma.
La propuesta incluye al personal de limpieza y de mantenimiento de una casa particular pero también a los acompañantes o cuidadores no terapéuticos de personas enfermas o con discapacidad.
Los diputados también acordaron la modalidad con retiro y sin retiro y, en ese sentido, fijaron una cantidad mínima de 12 horas de descanso que debe existir entre una jornada laboral y otra.
Establecieron la prohibición de contratar menores de 16 años para tareas domésticas, en contraposición con el decreto vigente que fijaba en 14 esa edad. Se incluyó, asimismo, un régimen de licencias (embarazo, maternidad, entre otras) similar al establecido por la Ley de Contrato de Trabajo, que no estaban consideradas en la legislación actual.
"Lo que buscamos es la igualdad entre los empleados domésticos, sean mujeres u hombres, y tener en cuenta que los empleadores también son trabajadores", añadió Recalde.
Por otra parte, se determinó que los empleadores tendrán 120 días para regularizar la situación de sus contratados a partir de la reglamentación de la ley.
"En esta legislación, damos una serie de compensaciones a la trabajadora que se convierte en empleadora. Pero, anticipándonos y para evitar fraudes, hablamos del ingreso del grupo económico", explicó Recalde.
De convertirse en ley, quienes realicen esta actividad verán incrementados sus derechos laborales y podrán gozar del preaviso, la indemnización por despido y las vacaciones, entre otros beneficios incluidos en la Ley 20.744.
Con respecto al tratamiento previsional - impositivo de dichas empleadas, la iniciativa no contempla ninguna modificación significativa.
Cuadro de situación
En sus orígenes, el trabajo doméstico era denominado como "servicio", evolucionando en un sistema jerárquico y contemplando dicha actividad como servidumbre ya que la misión de toda trabajadora doméstica era servir a sus patrones, que impartían un trato discriminatorio, de desigualdad y humillaciones, sin valorar su labor con salarios mínimos, sin ninguna protección ni derechos que ejercer.
En 1927, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) consideró la situación de los trabajadores domésticos en el Convenio 24 al promover el seguro obligatorio de enfermedad con un alcance más amplio.
Más tarde, en 1934, dicho organismo internacional planteó en una conferencia la idea de hacer un instrumento especial que reglamentara algunas condiciones laborales del empleo doméstico.
Varias legislaciones trataron este tema en la Argentina, entre ellas la Ley 11.317 que regulaba el trabajo de mujeres y menores y la Ley 12.265 que diferenciaba entre servicio doméstico y trabajo con motores fijos o móviles.
El régimen actual se encuentra contemplado en el decreto 326/1956.
"El proyecto de ley que se tratará este miércoles, mejora las condiciones de protección del trabajo doméstico ya que intenta equiparar los derechos de éstos con los demás trabajadores que se encuentran amparados por la Ley de Contrato de Trabajo", sostuvo Andrea Fabiana Mac Donald, abogada especialista en derecho del trabajo.
Además, indicó que establece igualdades y elimina -en parte- la discriminación y aislamiento de los trabajadores domésticos, para que puedan ejercer sus derechos cuando los mismos fueren afectados o violados como cualquier trabajador común.
Otros proyectos laborales con media sanción
Varias son las propuestas parlamentarias que ya cuentan con media sanción, en alguna de las dos cámaras del Congreso, entre las laborales, las que tienen más chances de ser sancionadas este año, las más destacadas son las siguientes:
1) Reducción de la jornada laboral: la Cámara de Diputados aprobó una iniciativa por la cual estará prohibido reducir la jornada de trabajo sin causas que lo ameriten. Por ello, las empresas ya no podrán fragmentarla, de acuerdo a sus necesidades productivas. Esto significa que no podrán recortarla sin mediar causas extremas o relacionadas con el rubro del empleo en cuestión.
2) Incremento de las multas en caso de empleo en negro o registración deficiente: se propone modificar la Ley 25.323, que establece que las indemnizaciones previstas por la Ley de Contrato de Trabajo sean aumentadas al doble en estos casos.
El proyecto propone que las compañías paguen un resarcimiento equivalente al de un despido sin causa, por falta de registración de los empleados o si estos estuvieran en situación irregular.
Asimismo, dicho resarcimiento no tendría tope y resultaría adicional a las indemnizaciones que pudieran derivarse de la quiebra del empleador, fuerza mayor, entre otros.
Los legisladores buscan extender la protección que establece la Ley 25.323 para quienes estén amparados por la LCT hacia los dependientes comprendidos en diferentes estatutos como, por ejemplo, construcción, encargados de edificios, periodistas, entre otros.
Glauco Marques, socio de Adrogué, Marques, Zabala & Asociados, destacó que "si se llega a transformar en ley, el incremento se extenderá a cualquier indemnización y rubro salarial, sin contemplar el motivo por el cual el empleador pudo dejar de haber abonado esos conceptos".
3) Ampliación del régimen de licencias por maternidad o paternidad: la iniciativa fue aprobada por el Senado. Apunta a extender la protección contra despido arbitrario a los padres, durante un determinado período anterior y posterior al nacimiento.
En la actualidad, las madres son las únicas que cuentan con dicha protección.
Además, toda empleada madre de un lactante podrá disponer a su elección de una hora de lactancia en el transcurso de la jornada de trabajo, pudiendo usar este descanso ya sea en forma entera dentro de la jornada, dividiéndolo en dos períodos, o postergando o adelantando en media hora o en una hora el inicio o el término de la jornada laboral.
4) Prohibición de trabajar sábados y domingos: el proyecto, aprobado por la Cámara alta, pretende que no se presten tareas laborales entre las 13 del sábado y las 24 del domingo, con excepción de aquellas situaciones previstas legalmente, que conllevarán, además del pago del incremento del 100% de la jornada, el otorgamiento de un franco compensatorio para el empleado a partir de la semana subsiguiente.
FUENTE: Infobae.com