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Busco modelo de scrito penal


Hola amigos del foro. Antes que nada gracias por existir...
ando en busqueda de un proyecto o modelo de escrito de legitima defensa.
"Me intentan asaltar. Me atacan, me defiendo y art. 80 C.P. (sic)

Justicia lenta...llega cuando...ya…?

madera_azulgrana Sin Definir Universidad

Respuestas
UNLP
Pablo Martelli Administrador Creado: 31/10/06
Te paso uno acá click acá

Igualmente te recominendo que recorras la sección apuntes - Prácticas penales-

Saludos, Polka.-

Pablo Martelli
CEO & Founder

UNLP
pabloandres Usuario VIP Creado: 31/10/06
Es un poco (bastante) extraño, porque partimos de que el art 80 C.P. es el agravante para quien matare:
-a su ascendiente, descendiente o cónyuge, sabiendo que lo son;
-con ensañamiento, alevosía, veneno u otro procedimiento insidioso;
-por precio o promesa remuneratoria;
-por placer, codicia, odio racial o religioso;
-por un medio idóneo para crear un peligro común;
-con el concurso premeditado de dos o más personas;
-para preparar, facilitar, consumar u ocultar otro delito o para asegurar sus resultados o procurar la impunidad para si o para otro o por no haber logrado el fin propuesto al intentar otro delito.
O sea es un caso digamos "raro", por ejemplo: "me intentan asaltar, me atacan, me defiendo y...¿lo enveneno?... ¿me doy cuenta que es mi padre, o hijo, o conyuge, y pese a todo lo mato?... cuando lo mato -en legítima defensa- ¿le grito una consigna antisemítica o le digo negro de m...?... ¿me defiendo usando una granada de fragmentación? (medio idóneo para crear un peligro común)... ¿o lo mato para ocultar otro delito? (lesiones graves). La verdad es que no encuentro un ejemplo en que se pueda aplicar. Lo único que podría ser pensandolo bien es queelque te quiera asaltar sea consanguineo en linea directa y ante el hecho de haber sido descubierto se trancen en lucha y resulte óbito el asaltante, pero la verdad es que es muy difícil. La otra opción que existiría es que una vez reducido el asaltante, no existiendo motivos que pusieran en riesgo mi integridad física, pese a todo lo matare, con ensañamiento, alevosía, etc. , pero eso puede ser rebatido por ser un estado emocional no previsible, máxime cuando uno no es un profesional de la prevención y/o represion de ilicitos y faltas en gral. (léase policía, gendarmería, prefectura).
Igual en ése caso se aplicaría el art 81 inc 1 parrafo A del C.P. (claro, salvo que lo hallas maniatado y lo empecés a despellejar, hasta producirle la muerte, por ejemplo) pero eso ya sería un caso de película.
Si a alguien se le ocurre otra cosa.
Que retorcido tu profesor/a ¿o es una idea tuya?
Igual, Suerte!!!, voy a seguir el post a ver si a alguien se le ocurre otra cosa.
Saludos
Pablo Andrés

Sin Definir Universidad
madera_azulgrana Ingresante Creado: 05/11/06
Empezado por pabloandres

"Es un poco (bastante) extraño, porque partimos de que el art 80 C.P. es el agravante para quien matare:
-a su ascendiente, descendiente o cónyuge, sabiendo que lo son;
-con ensañamiento, alevosía, veneno u otro procedimiento insidioso;
-por precio o promesa remuneratoria;
-por placer, codicia, odio racial o religioso;
-por un medio idóneo para crear un peligro común;
-con el concurso premeditado de dos o más personas;
-para preparar, facilitar, consumar u ocultar otro delito o para asegurar sus resultados o procurar la impunidad para si o para otro o por no haber logrado el fin propuesto al intentar otro delito.
O sea es un caso digamos "raro", por ejemplo: "me intentan asaltar, me atacan, me defiendo y...¿lo enveneno?... ¿me doy cuenta que es mi padre, o hijo, o conyuge, y pese a todo lo mato?... cuando lo mato -en legítima defensa- ¿le grito una consigna antisemítica o le digo negro de m...?... ¿me defiendo usando una granada de fragmentación? (medio idóneo para crear un peligro común)... ¿o lo mato para ocultar otro delito? (lesiones graves). La verdad es que no encuentro un ejemplo en que se pueda aplicar. Lo único que podría ser pensandolo bien es queelque te quiera asaltar sea consanguineo en linea directa y ante el hecho de haber sido descubierto se trancen en lucha y resulte óbito el asaltante, pero la verdad es que es muy difícil. La otra opción que existiría es que una vez reducido el asaltante, no existiendo motivos que pusieran en riesgo mi integridad física, pese a todo lo matare, con ensañamiento, alevosía, etc. , pero eso puede ser rebatido por ser un estado emocional no previsible, máxime cuando uno no es un profesional de la prevención y/o represion de ilicitos y faltas en gral. (léase policía, gendarmería, prefectura).
Igual en ése caso se aplicaría el art 81 inc 1 parrafo A del C.P. (claro, salvo que lo hallas maniatado y lo empecés a despellejar, hasta producirle la muerte, por ejemplo) pero eso ya sería un caso de película.
Si a alguien se le ocurre otra cosa.
Que retorcido tu profesor/a ¿o es una idea tuya?
Igual, Suerte!!!, voy a seguir el post a ver si a alguien se le ocurre otra cosa.
Saludos
Pablo Andrés
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+Ver post citado
PERDON.
Estimado Ppablo. Efectivamente es art. 79 C.P.

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