Buen día, les comento mi duda
Intime mediante CD a un locatario y garante a fines de saldar una deuda de alquiler, el tema es que el correo paso 2 veces dejando aviso de visita por encontrar cerrado el lugar y devolvió la CD al correo, y, si bien la deudora me contó que fue al correo y vio la carta yo no poseo acuse de recibo de la misma.
Ahora, se cumple de esta manera con la intimación requerida por la ley 23.091 a fines de iniciar cobro de alquileres?
o sea mi duda es si se cumple con la misma solo con la expedición del correo de la CD o se necesita el acuse de recibo