Era un reclamo por parte de los empresarios argentinos: pedían una alteración en el sistema de indemnizaciones por accidentes laborales, de manera de evitar la llamada "doble vía" (reclamar a la ART e iniciar al mismo tiempo una causa judicial), que hacía más oneroso y hacía imprevisible el costo de estas compensaciones.
La Presidente venía prometiendo una modificación en este sentido desde octubre del 2009. La última vez fue durante el festejo por el Día de la Industria. Y ahora acaba de formalizarlo con el envío de un proyecto de ley al Congreso que, entre otros puntos, actualiza los montos de las indemnizaciones y acorta los plazos para el cobro.
El anuncio de la jefa de Estado tuvo un significado político que trascendió al tema específico que se venía tratando, dado el particular clima que se vive en el país, con una opinión pública que ya no muestra el mismo respaldo a las iniciativas oficiales.
Así, con un heterogéneo auditorio, donde los principales dirigentes empresariales junto con líderes sindicales de la CGT antimoyanista aplaudían el discurso presidencial, se buscó transmitir un consenso de los principales actores de la realidad económica y social.
En efecto, el texto que será enviado al Congreso fue acordado entre las cámaras empresarias y los sindicatos oficialistas en el Ministerio de Trabajo tras un intenso debate. "Era una demanda con la sociedad", dijo Cristina Kirchner.
Desde la CGT de Hugo Moyano, en tanto, advirtieron que no fueron consultados sobre el proyecto. "Ni nuestros diputados conocían el contenido", señaló el dirigente Julio Piumato.
"Si la ley de ART la arreglaron con los mismos que acordaron la flexibilización laboral con Menem, ¡preparemonos!", disparó Piumato, y aclaró que emitirá nuevas declaraciones una vez que tenga acceso al proyecto.
Las claves de la reforma
Al final, no se trató de un decreto ni de una nueva ley que sepultara la normativa menemista. Lo que la Presidenta anunció este miércoles desde la Casa de Gobierno es una reforma a la Ley de Riesgos de Trabajo, aprobada en 1995, que plasma varios de los proyectos que tenía en carpeta desde hace tres años el ministro de Trabajo, Carlos Tomada.
El punto fuerte reside en la eliminación de la "doble vía" o "cúmulo", que actualmente permite al trabajador acceder a la indemnización por la ART y luego demandar a su empleador en la Justicia laboral, en caso de considerar que la reparación no es suficiente.
En el 2004, la Corte Suprema declaró inconstitucional la veda al acceso a la Justicia por parte del trabajador siniestrado para reclamar una indemnización integral.
Ahora, en cambio, la iniciativa oficial establece que el damnificado deberá optar entre el reclamo a la ART y la acción en el fuero civil, como lo peticionaban los industriales.
"No se le va a impedir a nadie ir a juicio. Cualquier trabajador que no esté de acuerdo con los montos fijados por la ley podrá reclamar ante la Justicia Civil, en los términos del artículo 1113 del Código Civil", explicó Cristina Kirchner al anunciar la medida. Pero también precisó que "quien acepte la indemnización" no podrá "optar por la vía judicial".
En este marco, consideró que el punto clave de la cuestión está en el total que se paga en concepto de indemnización. Por ello, señaló que el proyecto prevé una actualización semestral de los montos indemnizatorios, según el índice Ripte (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables).
A modo de ejemplo, especificó que al primero de enero de 2010 la indemnización por muerte era de $180.000 y que ahora pasará a $383.000, un poco más del doble.
Asimismo, Cristina especificó que en el proyecto modificatorio de la Ley de Riesgos de Trabajo "se introduce a la indemnización un 20% adicional". Con esta cuota "se recepta el criterio del Supremo Tribunal en cuanto a que la reparación del daño debe ser integral", subrayó.
El texto fija además el plazo para cobrar el resarcimiento en quince días después de producido el accidente. La jefa de Estado explicó que "se decidió una cosa práctica: ir a los montos indemnizatorios, para que estén actualizados y sean cobrados rápidamente".
"Ningún trabajador va a tener que arrastrar el juicio por años", celebró.
No obstante, reconoció que el proyecto enviado es una "ley corta", por lo que queda pendiente una ley de prevención de riesgos de trabajo, según la Presidenta, de "mayor complejidad".
Topes a los honorarios
Entre otro de los cambios, la medida anunciada fija un tope a los honorarios de los abogados del 25% de la cuota litis que les corresponde. Esto implica una reducción de las tasas fijadas que, según la Presidenta, oscilaban entre el 35 y hasta el 50%.
El texto establece también un tope de lo que cobran los seguros, que será fijado en el 20%, con el fin de compensar el aumento en las alícuotas de las indemnizaciones.
Aseguradoras mutuas
Por otra parte, Cristina firmó un decreto por el que se crean las "ART Mutuas, sin fines de lucro", que las podrán conformar asociaciones de empleados, cámaras empresarias y sindicatos que participan de las negociaciones colectivas de trabajo.
"La cámara empresarial de una actividad va a poder con el sindicato de esa actividad armar una organización sin fines de lucro que sea aseguradora de riesgos del trabajo mutua", explicó.
Y aseguró que esta alternativa "va a ser muy beneficiosa" porque "va a mejorar los costos y la competitividad de la economía".
Esta propuesta nunca convenció del todo a los empresarios porque perciben que corren más riesgos asumiendo por cuenta propia la responsabilidad del aseguramiento de los damnificados. Y a los especialistas que representan a los empleados accidentados tampoco les parece conveniente, ya que la mutua priorizará el lucro por sobre la reparación del asegurado.
El hijo del diputado Héctor Recalde consideró recientemente que la reparación "no puede estar en mano de sociedades comerciales que tienen fines de lucro", como lo son las actuales aseguradoras.
"Si mi empresa está orientada al lucro, voy a tratar de cobrar lo máximo y de dar lo mínimo. Más allá de lo que pueda decir la ley de riesgos, las aseguradoras persiguen la ganancia", enfatizó Leandro Recalde.
Actualmente operan en Argentina 23 aseguradoras de riesgos del trabajo, la mayoría de capitales nacionales, aunque también compiten en el mercado la australiana QBE y la española Mapfre.
Un guiño al empresariado
Al analizar el proyecto del Gobierno, los empresarios y los abogados consultados por este medio coincidieron en señalar que el mismo favorecerá al sector privado.
En este sentido, el secretario de Prensa y Asesor Tributario de la Cámara Argentina de la Mediana Empresa (CAME), Vicente Lourenzo, aseguró a iProfesional.com que el anuncio es "sumamente positivo" y significa "un paso muy bueno para los empresarios".
Al igual que la Unión Industrial Argentina (UIA), la CAME también reclamaba la eliminación de la "dobla vía" para desalentar la "industria del juicio" y que el trabajador opte entre aceptar la indemnización de la ART o la reparación judicial.
"Era una preocupación porque no daba un marco claro al empresario ya que, antes, al pagar un daño a través de la ART, existía la posibilidad de que el damnificado vaya igual a peticionar en forma civil", explicó Lourenzo.
Para Héctor García, socio del estudio García, Pérez Boiani & Asociados, la supresión del "cúmulo" que el Máximo Tribunal había declarado inconstitucional, "es un avance" ya que el sistema de resarcimiento por accidente "cobra previsibilidad".
"Si bien esta reforma implica un aumento en el costo laboral -producto de que se aumentarán las alícuotas que deben afrontar las empresas-, logrará reducir no sólo el número de litigios, sino también el gasto de los mismos", destacó a iProfesional.com el especialista.
De acuerdo con datos de la UIA, en la actualidad existen unos 70.000 litigios en espera. Para los empresarios, esta cifra es aterradora porque genera "incertidumbre" sobre el costo final que deberán afrontar en la Justicia por los accidentes de trabajo.
García especificó que la norma, tal como está redactada hoy en día, "es una invitación a litigar" que genera incertidumbre respecto a la erogación final que debe afrontar las empresas.
Sin embargo, los gremios sostienen que la cantidad de juicios por riesgos del trabajo apenas representan el 7% del millón de accidentes estimados, si se cuentan los 680.871 registrados por la Superintendencia de Riesgos de Trabajo y los proyectados en el sector informal por los estudios de abogados.
En este marco, el abogado de la CTA de Pablo Micheli, Horacio Meguira, defendió los fallos de la Corte que declaran inconstitucional la eliminación de la "doble vía", ya que "carece de sustento que se imposibilite a un trabajador acceder a los tribunales", luego de haber sido resarcido por la ART.
"Un empleado que sufre un accidente, que está de licencia por ello y que no tiene espaldas para mantenerse va a aceptar el importe que le den. Por eso es importante mantener esta opción judicial, para que pueda reclamar cuando esa cifra es baja", señaló a iProfesional.com.
En este contexto, Meguira sostuvo que el proyecto de ley es un "guiño" al sector empresarial debido a que le "permitirá tener un mayor control sobre los costos al estar fijados los valores indemnizatorios, cosa que no ocurre cuando es un juez quien determina la cifra final".
En tanto, el laboralista experto en riesgos del trabajo, Horacio Schick, alertó que de aprobarse la nueva normativa se retrocederá a la legislación vigente a principios del siglo pasado. "El proyecto vuelve a la ley de 1915 que obligaba al dependiente a elegir entre la indemnización tarifada por ley y aquella establecida por la Justicia", indicó.
En contraste con los fundamentos de la iniciativa oficial, Schick consideró que la reforma propuesta es "inconstitucional" y que eliminaría la "reparación integral", que consiste en la posibilidad de reclamar ante los tribunales daños morales, psíquicos, el derecho de vida y afectación, entre otros, luego de que el trabajador fue resarcido por ley. "La clave es que rompe la disposición de la Corte", afirmó.
El especialista precisó además que el proyecto presenta un agravante que es la limitación de la vía judicial al ámbito civil -como lo estableciera la Ley 24.028 de 1991-, cuando en la actualidad el trabajador puede directamente accionar en la justicia laboral para reclamar su indemnización por un accidente de trabajo.
"Es lo que pedía (el vicepresidente de la UIA) Daniel Funes de Rioja. No es neutral, es tratar de liquidar el conflicto laboral, no se puede analizar un accidente de trabajo como si fuera uno de tránsito. El ambiente laboral tiene un riesgo particular y derechos específicos", concluyó.