La Sala III de la Cámara Nacional de Casación Penal dispuso, por mayoría, que la Cámara Federal porteña vuelva a expedirse sobre el pedido del jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Mauricio Macri, para que se aparte al juez Norberto Oyarbide de la causa por las escuchas ilegales.
Así, el tribunal hizo lugar parcialmente a un recurso presentado por Macri contra el fallo de la Sala I de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal que, en junio último, rechazara el pedido de recusación contra Oyarbide.
Macri cuestionó que la Cámara Federal no había dado respuesta por separado a cada uno de los argumentos en los que se basó su reclamo “sino que, antes bien, los trataron en conjunto en el entendimiento de que todos quedaban englobados en los dichos del ex senador Maya”.
Según la camarista Angela Ledesma, en el caso “hay que analizar cuál fue la respuesta brindada por los jueces de la Sala I. Frente a este planteo concreto, los camaristas sólo señalaron que las expresiones del juez ante la prensa terminarían de dar forma a la escenografía a partir de la cual se afirma la existencia de parcialidad. Sin embargo, no analizaron si las expresiones que el magistrado habría vertido ante la prensa tenían entidad suficiente para afectar su imparcialidad frente el caso o si había existido un prejuzgamiento. En consecuencia, esta omisión de tratamiento hace descalificable la sentencia con base en la doctrina sobre arbitrariedad”.
En la misma línea, el juez Gustavo Mitchell dijo: “Coincido con la Dra. Ledesma en cuanto a la omisión de tratamiento, en el fallo en crisis, de uno de los motivos alegados por la defensa de Mauricio Macri para recusar al magistrado de 1ª Instancia a cargo del Juzgado Federal en el que se encuentran radicados estos actuados y referida a las supuestas manifestaciones del juez a la prensa”.
“Por tal razón y sin que ello importe emitir opinión alguna, por ahora, sobre los restantes motivos de agravio del recurrente, con ese exclusivo alcance propicio se haga lugar al recurso de casación y se devuelva este incidente a la Sala I de la Cámara Federal a tales efectos”, añadió.
En tanto, la magistrada Liliana Catucci –que integró el voto minoritario- consideró que se debía hacer lugar a la recusación y, en consecuencia, apartar a Oyarbide de la causa, debiéndose designar a un nuevo juez al frente de la investigación.
En ese orden, señaló que "la sospecha nacida de los comentarios hechos por los medios masivos de comunicación por un ex senador nacional que los avaló implícitamente con su presencia, en la audiencia de debate producida en esta Sala el 20 de octubre del corriente, acerca de su predeterminación de incriminar a Macri, por motivos ajenos a la causa e inspirados en imperativos no jurídicos, es suficiente para quebrar la parcialidad esperada de un juez y susceptible de crear en el justiciable el temor propio de la afectación de esa garantía".