Hola gente, necesito opiniones con respecto al siguiente caso:
Jorge Ponce entregó su automóvil en una estación de servicio para la realización de cambio de aceite, lavado, etc. Pedro Bornancini, empleado del servicentro referido, lo condujo al surtidor y le llenó el
tanque, escuchando en esa oportunidad un ruido raro en el motor. Creyendo que el ruido provenía del baúl, se bajó y se dirigió hacia atrás, cuando en ese momento Adrián Pereyra, conocido delincuente, se subió al vehículo y salió bruscamente y a toda velocidad de la playa. El playero Bornancini, tomó una motocicleta de su propiedad y comenzó a perseguir a Pereyra. Este imprimió mayor velocidad al vehículo, percatándose de la persecución de Bornancini. Ante esto, Pereyra extrajo un arma y disparó en dirección a Bornancini, gritándole que a él no lo van a agarrar
tan fácil, y el proyectil rozó la pierna del empleado, quien cayó
pesadamente sobre el pavimento. En tanto Pereyra, debido a la alta velocidad que llevaba, no pudo dominar el vehículo y se estrelló contra un árbol.
Pereyra fue detenido, en tanto que Bornancini fue conducido al hospital en donde debieron realizarle curaciones por las lesiones leves que había recibido en la pierna. Califique la conducta de Adrián Pereyra.
Yo habia puesto que era
Tentativa de Robo en circunstancias de Hurtos calificados (porque
concurre una de las circunstancias enunciadas en el Art. 163 “Cuando el hurto fuere de vehículos dejados en la vía pública o en lugares de acceso público”: servicentro) pero la profe me dijo que no era en la vía pública, además me dijo que me fije en que consiste la violencia ejercida por Pereyra, yo puse que era desplegada despues del apoderamiento para asegurar su impunidad, pero parece que no esta bien, y ademas me puso que me fijara en el uso de armas; pero si es utilizada despues del apoderamiento no interfiere en el delito, bueno porfis que piensan ustedes??????????????
Desde ya .....Gracias
"Robo calificado en grado de ttva en concurso real con lesiones, agravadas segun art 41 bis de C.P." si el fiscal se levantó de buen talante, porque si pasó una mala noche pondría "Robo calificado en grado de ttva, en concurso real con ttva de homicidio calificado -art 80 inc 7mo-"
Pensálo... "para facilitar..consumar u ocultar otro delito"
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