Estamos como estamos porque somos como somos
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Luego en civil lei en internte en el caso reinoso, pero no se de que año es... lo siguiente:
"En la ejecución de un cheque la competencia territorial está dada, en principio, por el domicilio del banco sobre el que fue librado el cheque, y, subsidiariamente, a opción del tenedor, por el domicilio que el titular de la cuenta tiene consignado en el banco"..
es lo que encontre...
espero que te sirva...
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Conforme al Artículo 5° inc. 3° CPCC:
"cuando se ejerciten acciones personales el del lugar en que deba cumplirse la obligacion, y en su defecto, a eleccion del actor, el del domicilio del demandado o el del lugar del contrato.