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Circular Nº 1362/97 del 11/7/97





MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL IMPOSTIVA

Circular Nº 1362/97

RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Transferencia del Sistema
de Previsión Social de los Estados Provinciales. Exclusión
de aportes y contribuciones dispuestos por la Ley Nº 19.032
y sus modificaciones. Determinación e ingresos de las obligaciones.


Bs. As., 11/07/97

B. O: 15/07/97

Conforme a las consultas formuladas respecto de la determinación
e ingreso de los recursos de la Seguridad Social por parte de
los Estados Provinciales que hubieran suscripto convenios de transferencia
del sistema de previsión social al Estado Nacional, en
cuyas cláusulas se disponga la exención del aporte
previsto en la Ley Nº 19.032 y sus modificaciones y la exclusión
de ingresar la contribución patronal establecida en la
mencionada ley, se aclara que solo corresponde el pago del Importe
neto que resulta de detraer del monto determinado en la respectiva
declaración jurada (F. 902)-generada por el sistema informátivo
"DGI - SIJP. GENERACION DE DECLARACION JURADA" - la
suma de los mencionados conceptos excluidos.

Lo expuesto esta contemplado en las definiciones contenidas en
el sistema de captura de la referida declaración jurada,
en el momento de su presentación, a los efectos de la determinación
correcta de los saldos que deben cancelarse conforme al régimen
de retención establecido por la Resolución General
Nº 4207.

Regístrese, publíquese, dese a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archivase. - CARLOS A. SILVANI
- Director General.

e. 15/7 Nº 192.692 v. 15/7/97

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