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civil 3 unlp


Hola, se que es una pregunta hecha pero no me queda en claro... con quien es mas accesible cursar civil 3?

gracias

marianela_tripera Sin Definir Universidad

Respuestas
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fufu Cursando Ingreso Creado: 22/02/08
Empezado por marianela_tripera

"Hola, se que es una pregunta hecha pero no me queda en claro... con quien es mas accesible cursar civil 3?

gracias
"

+Ver post citado
yo la cursè con Ardito en la catedra de Maggi, la mina es una divina y ademas es muy tranqui, es como una maestra jardinera jaja y el titular un groso pero medio molesto onda de preguntar todas las clases...fijate, a mi me parece que en la Cátedra. que te digo todos son bastante accesibles...creo que lleguè tarde con la respuesta pero de ultima para el proximo cuatri... besos!

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marianela_tripera Cursando Ingreso Creado: 22/02/08
muchas gracias igual!

UNLP
mati1983 Ingresante Creado: 11/03/08
Hola. Aprovecho el post de Contratos para comentar y preguntar algunas cositas. La cuestión que yo averigue sobre como dar contratos libres en que mesa, etc. La cosa que me dijeron de la catedra I y dar por tema. Elegir un contrato y dar ese contrato. Me lei bastante y un repaso a lo general. Di deposito barbaro. La cosa que luego me pasaron a OFERTA, tema general. Peque por falta de información debido a que no habia ido a ver ninguna mesa ya que me preguntaron sobre la ley de defensa del consumidor y que estipula sobre la oferta. Como en el programa no se desprende que hable de dicha ley y en los libros y apuntes que agarre, SPOTITA y BORDA tampoco dice estuve crudo en eso. Asi que ya saben, leer oferta en la ley de defensa del consumidor y diferencias con el Codigo.
Por otro lado me quedo una duda. Cuando hable de las formas de probar deposito me quede con lo que lei de que no se puede probar por testigos salvo que la cosa sea de 200 pesos como maximo. El profesor me dijo, pero que pasa con esa suma?. Yo no caia. Y me dice que pasa con la prueba hoy dia teniendo en cuenta que 200 pesos es una suma escaza. Yo no supe que responderle y el me dijo que en ese caso cualquiera que aduzca tener algo en deposito debe tomarse creido. Me dijo que esto lo decia en el codigo, pero me puse a leer y del art. q habla de prueba en el deposito me llevo al art 1193 que mas o menos no varia nada. Uds de donde leyeron o donde encontraron eso de tomarse por creido cuando alguien dice tener algo en deposito. Espero haberme dado a entender. Un abrazo.

UNLP
sartrejp Ingresante Creado: 12/03/08
Uff... la pregunta es larga y yo ya tengo sueño, vamos a ver que respuesta sale.
En cuanto a la prueba de deposito, se sostiene que no se prohibe la prueba por testigos, sino que se prohibe p`robarlo exclusivamente por este medio, porque puede servir como presunción, porque si seguimos lo que dice el 1193, ningún contrato podría probarse por testigos, porque con las devaluaciones que ha habido, esa suma equivale a $0,00000001 (que contrato es menor a eso?).
Pasemos a la 24.240 (Def. del Consumidor), una vez aceptada la oferta (en el derecho civil) nace el contrato, por lo que no existe retractación de la aceptación. La ley de Def del consumidor, en los casos de venta telefónica o domiciliaria, da la posibilidad de retractar la aceptación hasta 5 días después de nacido el contrato. Se discute el motivo, aunque la causa se basa en lo molestos que son los vendedores (típico caso del vendedor de enciclopedias que se instala en tu living y no se va hasta que te vende), imaginamos que el vendedor se va y uno piensa ¿Para que quiero eso yo? entonces la ley da la posibilidad de retractarse. La ley podés encontrarla en el Cod de Comercio. Si llegás a tener alguna otra duda, avisame y vemos como nos ponemos en contacto.
Éxitos

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valeventola Ingresante Creado: 07/04/08
Y en el caso de la diferencia ente la concesionaria de autos que publica en un diario que vende autos y por otro lado yo un particular hago lo mismo con un vehiculo mio? En que varia?.

UNS
martinchitus Cursando Materias Creado: 07/04/08
hola!!!

Con respecto a tu ultima pregunta valeventola vos estás excluida dle regimen de la ley 24.240, ya que la venta de cosas usadas entre consumidores está expresamente fuera del ambito de aplicacion de dicha ley.... Copio y pego el art. 2 ley 24240:


Artículo 2.- Proveedores de cosas o servicios. Quedan obligados al cumplimiento de esta ley todas las personas físicas o jurídicas, de naturaleza pública o privada que, en forma profesional, aun ocasionalmente, produzcan, importen, distribuyan o comercialicen cosas o presten servicios a consumidores o usuarios. Se excluyen del ámbito de esta ley los contratos realizados entre consumidores cuyo objeto sean cosas usadas.

Chequeá en el foro que hubo varios comentarios sobre el texto modificativo de la ley de defensa del consumidor. Fijate si varió la redaccion...

Creo que esa es la diferencia principal.

Saludos y mucha suerte!!!

UNC
RAB Usuario VIP Creado: 07/04/08
Aca dejo el link de la reforma de la ley del consumidor de hoy 7 de abril del 2008:

http://www.planetaius.com.ar/modules...2f0b8dbed274fd

Se reforma el art 2 entre otros esa ley 23361 dice:

ARTICULO 2º - Sustitúyese el texto del artículo 2º de la Ley Nº 24.240 de Defensa del Consumidor, por el siguiente: Artículo 2º: PROVEEDOR.

Es la persona física o jurídica de naturaleza pública o privada, que desarrolla de manera profesional, aun ocasionalmente, actividades de producción, montaje, creación, construcción, transformación, importación, concesión de marca, distribución y comercialización de bienes y servicios, destinados a consumidores o usuarios. Todo proveedor está obligado al cumplimiento de la presente ley.

No están comprendidos en esta ley los servicios de profesionales liberales que requieran para su ejercicio título universitario y matrícula otorgada por colegios profesionales reconocidos oficialmente o autoridad facultada para ello, pero sí la publicidad que se haga de su ofrecimiento. Ante la presentación de denuncias, que no se vincularen con la publicidad de los servicios, presentadas por los usuarios y consumidores, la autoridad de aplicación de esta ley informará al denunciante sobre el ente que controle la respectiva matrícula a los efectos de su tramitación.

Saludos

UNLP
zaguita_lp Premium II Creado: 13/04/08
Hola a todos! una pregunta de algo que no me queda claro. Pienso rendir contratos ahora en mayo, pero no se si tengo que leer la ley 19550 de sociedades comerciales. Escuche por ahi que si te toma Jurio, te pregunta, pero no se que hacer. Si alguien la rindio ahi y sabe, y me puede decir, les agradezco

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Influencia Cursando Materias Creado: 13/04/08
Mirá, si querés por las dudas dale una leída, pero ley de sociedad es la mitad de Comercial 1, así que calcula lo extenso que sería leer eso.
Yo cursando la materia jamás nombré esa ley, no creo que tengas que estudiarla

UNLP
zaguita_lp Premium II Creado: 13/04/08
Ah yo porque habia escuchado que si te tomaba jurio te preguntaba sobre eso. Le dare una leida si tengo tiempo, y si no, que sea lo que dios quiera. Gracias por tu respuesta

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anasss Premium I Creado: 15/04/08
hola estaba leyendo las respuestas que dieron y me surge una duda... como pienso rendir contratos ahora en mayo, mi duda apunta que contrato elegir para tema especiaaaaaaaal? digamos que bueno no quiero prepara uno que lo den mucho en la mesa..donacion esta bien?

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freess Cursando Ingreso Creado: 16/04/08
mi caso es el siguiente: rendi en marzo. Prepare Pacto Comisorio. Termine, me preguntaron 3 cosas de mandato y me mandaron a las duchas. No es una mesa jodida. Ojo con una señora q creo q es Jurio, q es bastante exigente por no decir otra palabra. Y no, desmitifico. No siempre pregunta de sociedades. Y con respecto a la 19.550. Lo unico q tenes q leer de ahi es el articulo 1, lo demas es tema de comercial 1.

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tincho2886 Ingresante Creado: 10/05/08
hola yo queria saber si alguien me puede guiar mas o menos los temas que saben que toman si o si en la mesa. Por que tuve poco tiempo para estudiar y tengo sabido muy poco de la parte especial estoy estudiando el tema . y la parte general nada mas . agradeceria mucho la ayuda

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tincho2886 Ingresante Creado: 10/05/08
ah falto aclarar rindo el martes al hornoooooooo!!!!!!!!!!!!

UNLP
Nadia Moderador Creado: 10/05/08
Empezado por zaguita_lp

"Hola a todos! una pregunta de algo que no me queda claro. Pienso rendir contratos ahora en mayo, pero no se si tengo que leer la ley 19550 de sociedades comerciales. Escuche por ahi que si te toma Jurio, te pregunta, pero no se que hacer. Si alguien la rindio ahi y sabe, y me puede decir, les agradezco"

+Ver post citado

Pero si tenes que leer sociedades civiles...
a lo sumo te hacen hacer un diferencia con sociedades comerciales, pero en cuanto al objeto y forma de constitucion... a grandes rasgos...
no creo que te pregunte para que cuestiones se llama a asamblea extraordinaria...


anasss

MensajePublicado: Mar, 15 Abr 2008 9:30 am
hola estaba leyendo las respuestas que dieron y me surge una duda... como pienso rendir contratos ahora en mayo, mi duda apunta que contrato elegir para tema especiaaaaaaaal? digamos que bueno no quiero prepara uno que lo den mucho en la mesa..donacion esta bien?

Para mi te conviene preparar tema general...
asi despues te pregunta parte especial...

fue lo que yo hice...

Y gente siempre es bueno ir a ver la mesa antes de rendir, asi sabemos que es lo iportante...
la forma en que toman, etc.

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"Como será de noble este país que tenemos quinientos años de estar tratando de acabar con el, y todavía no lo logramos"

UNLP
zekiel89 Usuario VIP Creado: 10/05/08
Hola, la verdad hermano, pedis algo imposible, si leiste el post completo te daras cuenta que no hay una linea definida de preguntas de examen (y mas dando libre)... depende de si vas a bolilla o con tema, de la catedra, y dentro de la catedra, el profesor que te tome, etc...
es por eso que nadie podria decirte estudia esto o aquello, que te lo van a preguntar seguro, y si alguien te lo diria... desconfia... a menos que sea el prof.

saludos.

UNLP
zaguita_lp Premium II Creado: 10/05/08

ah falto aclarar rindo el martes al hornoooooooo!!!!!!!!!!!!

jajaj yo tambien. Esperemos que nos vaya bien. Una pregunta para los que ya la dieron. Iba a preparar pacto comisorio de tema, pero Spota se hacia muy largo, muchos antecedentes etc etc- Entonces prepare excepcion de incumplimiento, de parte general, asi despues preguntan de especial. Estara bien?? Y la mesa es muy complicada o preguntan cosas concisas?? Rindo en la catedra de maggi

UNLP
Nadia Moderador Creado: 10/05/08
Empezado por zaguita_lp

"

ah falto aclarar rindo el martes al hornoooooooo!!!!!!!!!!!!

jajaj yo tambien. Esperemos que nos vaya bien. Una pregunta para los que ya la dieron. Iba a preparar pacto comisorio de tema, pero Spota se hacia muy largo, muchos antecedentes etc etc- Entonces prepare excepcion de incumplimiento, de parte general, asi despues preguntan de especial. Estara bien?? Y la mesa es muy complicada o preguntan cosas concisas?? Rindo en la catedra de maggi"

+Ver post citado

Hola si preraras un tema... tiene qeu ser exteso...
y yo prepare pacto comisorio de spota y la verdad es corto (?)

Pero bueno...
si elegiste un tema corto...aprendetelo bien... y no te lo confundas con el pacto comisorio que son parecidos

suerte!!

La mesa no es complicada...
depende del profesor y del dia...
lo importantes es que hayas estudiado...
el resto es un poco de suert

Moderandote(?)
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"Como será de noble este país que tenemos quinientos años de estar tratando de acabar con el, y todavía no lo logramos"

UNLP
zaguita_lp Premium II Creado: 11/05/08
Gracias por la respuesta. Tengo Spota la parte de pacto comisorio, como estoy medio corta de tiempo no llegaba pero voy a tratar, a mi tambien me parece mejor preparar ese tema asi que veremos

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imported_pepe_ Ingresante Creado: 21/05/08
Q CATEDRA ES FACIL PARA CONTRATOS????

UNLP
lu_sindoc Estudiante Intermedio Creado: 22/05/08
hola!! aprovecho el post de Civil 3 para preguntar si esta bueno el prevaluativo? porq estoy cursando obligaciones y m gustaria hacerlo, pero nose..

gracias!!

UNLP
zaguita_lp Premium II Creado: 22/05/08
pepe_ , me parece que la mejor es la de Maggi, creo que la mayoria la da en esa catedra

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