Hola a todos!! bueno, m encuentro estudiando obligaciones y hay un punto del programa q no encuentro:
(Clasificacion de las Oblig.)
Por el numero de prestaciones: Simple, compleja, conjunta: nociones; sistema legal.
Si alguien m ayuda se lo agracezco!
Saludoss! y desd ya gracias!!
OBLIGACIONES DE OBJETO PLURAL O COMPUESTO
NOCIÓN.- Son obligaciones de objeto plural o compuesto, las
que se refieren a dos o más prestaciones. Ellas se oponen a las obligaciones simples, cuyo objeto está constituido por una sola prestación. A su vez, las obligaciones plurales pueden tener un objeto conjunto o disyunto.
OBLIGACIONES DE OBJETO CONJUNTO: CARACTERES Y RÉGIMEN LEGAL.-
Las obligaciones de objeto conjunto se caracterizan por la pluralidad
de prestaciones debidas, todas las cuales integran la pretensión del
acreedor: por ejemplo: la compra de un juego de comedor y un juego de
living, en cuya obligación el objeto está integrado por todas las piezas de
cada juego. Estas obligaciones carecen de un régimen propio, y se gobiernan
por los principios comunes a toda obligación, pues no hay entre ellas
y las obligaciones simples una diferencia específica: la diversidad es
cuantitativa y no cualitativa.
OBLIGACIONES DE OBJETO DISYUNTO-. SUBDIVISIÓN- Versan sobre
varias prestaciones distintas, de modo que el deudor se libera pagando una
sola de esas prestaciones. Integran esta categoría las obligaciones alternativas
y las facultativas, aunque estas últimas, consideradas bajo el
ángulo del objeto debido, implican una falsa disyunción.
En realidad lo q qria ver es de donde puedo conseguir un poco mas de info q eso.. gracias!